¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

16°
29 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Intiman a la Oficina Anticorrupción a entregar información: para Laura Alonso es "arbitrario"

La Justicia condenó al organismo a entregar "en 15 días" los datos sobre denuncias a funcionarios del Ejecutivo en funciones desde 2015. El descargo de la OA.
Martes, 24 de septiembre de 2019 16:36

La Oficina Anticorrupción (OA), a cargo de Laura Alonso, fue condenada esta semana a entregar en un plazo de 15 días toda la información que desde hace un año le exige la Auditoría General de la Nación (AGN). En su fallo, el juez Enrique Lavié Pico asegura que la negativa a brindar los datos requeridos "constituye un acto arbitrario e ilegítimo en el marco de los principios de una sociedad democrática" e implica "una acción que recorta de manera severa derechos que son reservados a cualquier ciudadano, en tanto se trate de datos de indudable interés público y que hagan a la transparencia”.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

La Oficina Anticorrupción (OA), a cargo de Laura Alonso, fue condenada esta semana a entregar en un plazo de 15 días toda la información que desde hace un año le exige la Auditoría General de la Nación (AGN). En su fallo, el juez Enrique Lavié Pico asegura que la negativa a brindar los datos requeridos "constituye un acto arbitrario e ilegítimo en el marco de los principios de una sociedad democrática" e implica "una acción que recorta de manera severa derechos que son reservados a cualquier ciudadano, en tanto se trate de datos de indudable interés público y que hagan a la transparencia”.

La resolución da detalle de los pedidos que hizo la AGN así como de las respuestas esquivas de la OA. El organismo encabezado por Alonso argumentaba que antes de contestar quería “las preguntas de los cuestionarios correspondientes al relevamiento inicial”, y exigía “información sobre el proyecto de auditoria, en especial se informen los objetivos, el alcance del trabajos, los criterios y procedimientos que se van a ejecutar y los resultados que se esperan alcanzar”.

En el texto judicial, Lavié Pico sostiene, además, que “es indispensable que las autoridades estatales se rijan por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible, sujeto un sistema restringido de excepciones”. Basados en el derecho de acceso a la información pública, en abril pasado el candidato a diputado nacional por el Frente de Todos Federico Fagioli, las abogadas Gabriela Carpineti y Elizabeth Gómez Alcorta y la socióloga Victoria Freire presentaron un pedido de informes sobre la actividad de la OA, en especial “el listado completo de denuncias o presentaciones que haya recibido la OA respecto de funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional en funciones desde diciembre de 2015". 

La respuesta de OA. "El fallo del juez Lavié Pico fue apelado por arbitrario, entre otros puntos", escribió Laura Alonso en sus redes este martes 24 de septiembre. Desde la Oficina Anticorrupción confirmaron a PERFIL que efectivamente la presentación del magistrado fue apelada. "Es un juez muy cuestionado. Además de que un auditor, Javier Fernández, operador K, es muy influyente en ese fuero", afirmaron ante la consulta de este medio, y recalcaron: "Es un fallo político. La AGN está manejada por el kirchnerismo".   

La apelación del Ministerio de Justicia de Derechos Humanos/Oficina Anticorrupción, a la que tuvo acceso PERFIL, hace un repaso de la causa y señala que la Oficina "había dado respuesta a a todas y cada una de las comunicaciones de la AGN", motivo por el cual "no existió mora" en brindar respuesta al requerimiento del organismo de control considerada incumplido, "sino una mera inconformidad con la información aportada". En relación al pedido de información sobre las guías de trabajo o manuales de procedimiento de la OA, el texto señala, además, que no hubo "información que se hallara pendiente de remisión" y que esto fue "comunicado en las entrevistas llevadas a cabo con funcionarios de la AGN".

Con respecto al punto que hace referencia al pedido de denuncias judiciales efectuadas y recibidas, se destacó que parte de la información que se requirió a la OA "podría estar alcanzada por el deber de reserva legal que debe observar ese organismo, y su divulgación podría comprometer la eficacia de la acción del organismo y la protección de datos y derechos de terceras personas".

En este sentido, la apelación concluye: "No se trató de retacear al organismo auditor los listados de denuncias presentadas por el Organismo ante la Justicia, o el de denuncias recibidas por este y su estado de trámite actualizado, sino que (...) se le pidió al solicitante que aportara información vinculada al Proyecto de Auditoria que generó el requerimiento, con el objeto de tomar conocimiento de su objeto para responderlo adecuadamente".

Además, recalca que "se le informó a la AGN que la petición efectuada podría hacer referencia a una diversidad de datos, registros e información tanto estadísticos como sustanciales, de alrededor de 4 mil actuaciones". En otro de los segmentos subraya que "no existe información pendiente de entrega al requiriente". 

El pedido. En junio, la AGN demandó a la Oficina Anticorrupción por negarse a presentar la información y eludir así los controles a los cuales debió haberse sometido. La AGN presentó un amparo ante el Fuero Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires para lograr que la OA acepte colaborar con la auditoria dispuesta. En el escrito presentado por esos días, hicieron hincapié en la conducta "reticente" de la OA y remarcaban que "de ninguna manera" cumplió con "la entrega de toda la información que le fuera requerida".

En este marco, la Oficina Anticorrupción rechazó el pedido de informes sobre el “listado de investigaciones preliminares, denuncias y presentaciones como querellante realizó respecto a funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional en funciones desde diciembre de 2015” y argumentó que esa “es una información que esta Oficina no se encuentra obligada legalmente a producir”. Hasta sostuvo que su sistema informático "no registra la fecha de designación de los funcionarios investigados o denunciados por cuanto este dato no resulta relevante para las investigaciones, presentaciones o cursos de acción a tomar". Según consignó el diario Tiempo Argentino, la OA habría argumentado, además, que sus investigaciones se encuentran fundadas por el Código Procesal Penal, que establece que "el sumario será siempre secreto para los extraños". Y señaló también una resolución del Ministerio de Justicia de 2008, que “dispone que la reserva de la información se regirá por las respectivas disposiciones vigentes en materia del procedimiento penal o administrativo, según el caso. Asimismo, dicha norma prevé la reserva de las investigaciones preliminares”.    

Fuente: Perfil

PUBLICIDAD