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Sopladores de silbato (whistleblowers)

Miércoles, 27 de octubre de 2021 02:16

Soplón, botón, alcahuete, batidor, corneta, ortiba, judas, traidor, delator, son palabras que tienen mala prensa, aunque -generalmente- los así apodados son personas que denuncian malas acciones de las otras y no deberían ser víctimas de escarnio. En nuestra cultura occidental el hecho de denunciar a un tercero siempre ha tenido una connotación negativa y cierto estigma social. Pero ello ocurre porque -precisamente- quienes han impulsado la carga peyorativa de estas palabras son los delincuentes afectados por su accionar. En los últimos años la problemática de los denunciantes ha ampliado su campo de acción desde el derecho penal al derecho laboral. Para referirse a ella se ha generalizado (aún en español) el uso del vocablo inglés whistleblowers, literalmente "sopladores de silbatos" (pedimos disculpas, pero utilizaremos la palabra inglesa, por no tener traducción simple y exacta en nuestro idioma). La expresión se acuñó a fines del siglo XIX, cuando en los eventos deportivos los árbitros indicaban las malas acciones deportivas con el soplo del silbato. Hacia la misma época la policía londinense advertía una acción ilícita en curso mediante el toque del referido pito (con perdón de la palabra).

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Soplón, botón, alcahuete, batidor, corneta, ortiba, judas, traidor, delator, son palabras que tienen mala prensa, aunque -generalmente- los así apodados son personas que denuncian malas acciones de las otras y no deberían ser víctimas de escarnio. En nuestra cultura occidental el hecho de denunciar a un tercero siempre ha tenido una connotación negativa y cierto estigma social. Pero ello ocurre porque -precisamente- quienes han impulsado la carga peyorativa de estas palabras son los delincuentes afectados por su accionar. En los últimos años la problemática de los denunciantes ha ampliado su campo de acción desde el derecho penal al derecho laboral. Para referirse a ella se ha generalizado (aún en español) el uso del vocablo inglés whistleblowers, literalmente "sopladores de silbatos" (pedimos disculpas, pero utilizaremos la palabra inglesa, por no tener traducción simple y exacta en nuestro idioma). La expresión se acuñó a fines del siglo XIX, cuando en los eventos deportivos los árbitros indicaban las malas acciones deportivas con el soplo del silbato. Hacia la misma época la policía londinense advertía una acción ilícita en curso mediante el toque del referido pito (con perdón de la palabra).

Cuando hablamos de whistleblowing hacemos referencia tanto a los sistemas internos de alerta para tramitar las citadas denuncias como a la propia práctica consistente en denunciar dichos incumplimientos. Los sistemas de whistleblowing han devenido un elemento fundamental de la vertiente laboral del compliance (cumplimiento normativo); se han incorporado como parte esencial de los procedimientos y buenas prácticas para la prevención de los riesgos asociados al incumplimiento de la normativa laboral. Pensamos que también puede ser un gran aliado para denunciar las políticas empresarias que atentan contra el medio ambiente y que puede ser una herramienta útil para fortalecer los protocolos contra el acoso laboral.

Buscando el origen de este sistema podemos remontarnos a principios del siglo pasado en Estados Unidos, cuando las primeras regulaciones nacen como reacción a la creciente corrupción y prácticas abusivas que se producían en el mercado. Fundamentalmente se buscaba proteger a los denunciantes frente a posibles represalias. Así, en 1912 se dictó la "Lloyd-La Follette Act" estableciendo la posibilidad de que los empleados públicos pudiesen informar al Congreso sobre irregularidades cometidas en los organismos públicos sin sufrir represalias. Los países que más han avanzado en este esquema son Australia y China.

El whistleblowing cobró actualidad porque el 7 de octubre de 2019, el Consejo de la Unión Europea dio a conocer la aprobación de la directiva sobre esta materia que deberá entrar en vigor en un plazo máximo de dos años desde su publicación. En estos días varios países europeos (entre ellos España) están en una carrera contrarreloj para adecuar su legislación a la nueva normativa europea. Además de brindar adecuada protección al denunciante, resulta clara la voluntad comunitaria de acabar con el estigma asociado tradicionalmente a la persona que denuncia. En primer lugar se busca garantizar la confidencialidad del denunciante, excepto con consentimiento expreso de este o por motivos necesarios y proporcionales previstos en una ley. También se protege a los denunciantes contra cualquier tipo de represalia. El concepto de represalia es amplísimo. Cualquier tipo de discriminación, suspensión, despido, no renovación, pérdidas económicas... Se constituye en una auténtica garantía de indemnidad. Además, la carga de la prueba recae en la empresa que haya tomado la medida perjudicial.

Los denunciantes quedan liberados de responsabilidad si han firmado convenios de confidencialidad. La referida directiva establece que los Estados deberán garantizar que el denunciante tenga acceso a recursos judiciales y asistencia jurídica gratuita. Incluso en el marco de un proceso judicial, podrán recibir asistencia financiera estatal o medidas de apoyo, incluyendo apoyo psicológico.

 

 

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