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Cornejo pide enjuiciamiento y remoción

El procurador presentó denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento contra Rosa Díaz.
Jueves, 11 de febrero de 2021 01:15

El procurador general Abel Cornejo formuló la acusación en los términos de la Constitución de la Provincia de Salta y la ley 7.138, en contra de la defensora oficial civil del Distrito Judicial Tartagal, Rosa Fabiola Díaz, por la presunta comisión de delitos, mala conducta, mal desempeño y falta de cumplimiento de los deberes a su cargo.

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El procurador general Abel Cornejo formuló la acusación en los términos de la Constitución de la Provincia de Salta y la ley 7.138, en contra de la defensora oficial civil del Distrito Judicial Tartagal, Rosa Fabiola Díaz, por la presunta comisión de delitos, mala conducta, mal desempeño y falta de cumplimiento de los deberes a su cargo.

También solicitó la apertura del procedimiento de remoción de la defensora oficial denunciada, cuya actuación diera origen a la causa identificada como: "Denuncia Penal C045 161/2021 Comisaría Nº 45, Tartagal Legajo de Investigación Nº 10/2021 en trámite por ante la Fiscalía Penal N´ 1 y Juzgado de Garantías Nº 1 de ese Distrito Judicial".

De acuerdo a las actuaciones, Díaz incurrió en un claro incumplimiento de los deberes a su cargo, comisión de presuntos delitos dolosos y un evidente mal desempeño en su rol de funcionaria pública, considerando entre otras inconductas la gravedad de los hechos que dieron origen a la investigación penal, el sector de extrema vulnerabilidad involucrado en el destino de los bienes retenidos y el transcurso del tiempo.

De la información suministrada profusamente por los medios de comunicación y las constancias del sistema de denuncias del Ministerio Público Fiscal surgió que Sandra Liliana Díaz denunció a sus hermanas, Rosa Fabiola Díaz (Defensora oficial) y Paola Alejandra Díaz (Concejal), por tener acopiadas las donaciones de distintas fundaciones y organizaciones intermedias, durante todo 2020 y hasta la actualidad.

Lo retenido en Tartagal no fue entregado a sus destinatarios y en cambio habría sido comercializado por ambas. Las supuestas donaciones fueron presuntamente realizadas por las Fundaciones Noble, River Plate, Marinaro, entre otras y consistieron en bienes tales como pañales, zapatillas, indumentarias, agua mineral, alimentos no perecederos y artículos de limpieza e higiene personal, cuyas beneficiarias serían las comunidades aborígenes de la zona. Los hechos tomaron estado público el 4 de febrero del corriente año.

Sin que todo ello implique emitir un juicio de mérito sobre los delitos atribuidos a la magistrada, el procurador consideró necesaria e indispensable la apertura del procedimiento para dilucidar la responsabilidad de la presunta conducta reprochable de la defensora oficial.

Es que dicha conducta no fue la requerida por la Constitución Provincial en su Art. 166, requisito ineludible para la conservación del cargo, porque ejerció sus prerrogativas funcionales de manera irregular e incurrió en conductas pasibles de reproche penal. Son maniobras de extrema gravedad que contradicen el marco normativo que rige la actuación de los defensores. Por ello, la eventual destitución de la magistrada resulta insoslayable.

 

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