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Ya rige la baja de retenciones y el Gobierno aclaró las condiciones

El DNU 38/2025 detalla cuánto tributará cada producto. En la "letra chica", del decreto se explica que para acceder al beneficio hay que liquidar el 95 por ciento de lo que se declaró, en 15 días hábiles.
Martes, 28 de enero de 2025 01:33
La Casa Rosada oficializó la medida reclamada por el campo, que estará en vigencia hasta el 30 de junio de 2025. NA
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La reducción de las retenciones y la eliminación para las economías regionales entró en vigencia ayer con la publicación de la medida en el Boletín Oficial.

Con la firma del presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, el decreto 38/2025 se oficializó ayer y estará vigente hasta el próximo 30 de junio.

Además, en el instrumento se aclararon las condiciones para poder acceder al beneficio: se deberá liquidar el 95 por ciento de lo declarado en los últimos 15 días hábiles en la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE).

En caso de no cumplir con esa disposición, se cobrará la alícuota anterior, y serán la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) los encargados de supervisar el mecanismo.

La baja de las retenciones se había convertido en un clamor del sector agropecuario. Por eso, en los considerandos del Gobierno para definir la merma, el texto oficial señala los problemas climáticos que aquejan al campo.

"Con el objetivo de colaborar con la situación del campo en este contexto de sequía, el Gobierno nacional decidió bajar las retenciones de manera temporaria en un 20% hasta el mes de junio, inclusive", informó la Secretaría de Comercio en un comunicado tras el anuncio oficial. Agregó que "la medida refleja la decisión del Gobierno de reducir el peso del Estado para los sectores productivos, en el marco de la política de superávit fiscal".

De esta manera, y tal como detalla el anexo 2 del DNU respectivo, las nuevas alícuotas para las retenciones de los granos y subproductos hasta fines de junio del corriente año serán las siguientes: la soja (poroto) baja de 33% a a 26%; la soja (aceite y harina), del 31% al 24,5%; el trigo, la cebada, el sorgo y el maíz pasan del 12% al 9,5%; y el girasol, del 7%, al 5,5%.

Al mismo tiempo, el Gobierno nacional eliminó las retenciones (Derechos de Exportación) para las economías regionales y otros productos.

La medida alcanzará a productos tales como azúcar; preparaciones alimenticias; algodón; cuero bovino; bebidas; ovinos (lana y cueros); tabaco; forestoindustria; arroz; maní; golosinas, chocolates y otros. Según datos oficiales, estos bienes representaron más de US$1.100 millones de exportaciones en el 2024.

El campo esperaba conocer qué condiciones fijaría el gobierno libertario en cuanto al alcance de la reducción de las alícuotas, lo que quedó bien definido en el texto oficial con la definición del tiempo y la cantidad de grano que deberá ser liquidado para que rija la norma.

Los dos escenarios posibles

El texto oficial aclara que la vigencia de la merma de las retenciones es temporal y se extenderá hasta fines de junio. Esto es algo que remarcaron distintas entidades del sector cuándo "agradecieron" la decisión.

La medida puede significar menores ingresos fiscales a corto plazo para el gobierno libertario, sin embargo la iniciativa pretende incentivar al sector para que liquide divisas en forma anticipada, lo que podría aliviar la presión cambiaria y consolidar el sendero de la baja de la inflación.

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