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El Gobierno nacional oficializó un cambio clave en el régimen fiscal que afecta a las operaciones comerciales realizadas desde Tierra del Fuego hacia el resto del país, mediante envíos directos al consumidor final. A través del Decreto 535/2025, publicado este lunes en el Boletín Oficial, se eliminaron restricciones impositivas que dificultaban las ventas minoristas desde la isla bajo la modalidad puerta a puerta.
La nueva normativa modifica el tratamiento fiscal para las empresas radicadas en la Zona Aduanera Especial de Tierra del Fuego, lo que permite que productos como televisores, celulares, microondas y pequeños electrodomésticos puedan comercializarse a través del canal e-commerce sin los recargos impositivos que hasta ahora elevaban su precio final.
Con este decreto, las operaciones realizadas mediante plataformas de comercio electrónico o despachadas a través de couriers o Correo Argentino podrán ser reconocidas como entregas para consumo interno, incluso si se originan en Tierra del Fuego. Hasta el momento, esas ventas se interpretaban como si fueran importaciones, lo que generaba una carga adicional para las empresas que deseaban enviar productos directamente al domicilio del consumidor.
Qué establece el decreto
Según establece el decreto, “cuando se trate de mercaderías originarias o provenientes del Área Aduanera Especial, remitidas a través de empresas de servicios postales, en el marco del régimen de pequeños envíos de entrega directa al domicilio del consumidor, tales operaciones deben considerarse como entregas para consumo en el país”.
Este cambio normativo impacta especialmente en el tratamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Ganancias, dos tributos que, bajo la interpretación anterior, obligaban a las empresas a emitir facturas con percepciones que luego generaban saldos técnicos difíciles de utilizar. Esa situación desincentivaba las ventas online desde la isla y encarecía artificialmente los productos fabricados allí.