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Enfermedad de Chagas-Mazza y la discriminación laboral

Domingo, 17 de febrero de 2013 12:05
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Desde 2007 rige la prohibición a los empleadores de tomar trabajadores infectados por el llamado mal de Chagas.

La carrera médica de Mazza se originó en una frustración: salió mal el examen médico para ingresar al Colegio Militar

La enfermedad provoca 12.500 muertes cada año y se estima que unas 18 millones de personas la padecen.

En este mes se cumplen 80 años de un importante logro de la ciencia argentina, cuando el Dr. Salvador Mazza, con el apoyo del inventor de la penicilina, el escocés Alexander Fleming, logró producir este maravilloso medicamento, por primera vez en la Argentina. A pesar de haberse comprobado que el medicamento obtenido en nuestro país estaba a la altura del producido en otras partes del mundo, el gobierno argentino mostró una total indiferencia ante esta formidable conquista; lo que resulta asombroso en un momento donde no había en el país ni una ampolla del antibiótico y toda la producción extranjera era destinada para atender las necesidades de las tropas de la guerra europea.

Pero esta no sería la única vez que este médico, orgullo de nuestro país, sufriera la apatía e ignorancia de sus compatriotas. En una ironía del destino, la carrera médica de Mazza se originó en una frustración: haber sido reprobado en su examen médico para ingresar al Colegio Militar. Otro sarcasmo de la fatalidad fue su propia muerte ocurrida en México, en 1946, como consecuencia de una cardiopatía chagásica, el mal que él había combatido toda su vida.

Recordemos que el Chagas o tripanosomiasis americana es una enfermedad infecciosa provocada por el parásito trypanosoma cruzi. Endémica en varios países latinoamericanos, la enfermedad provoca 12.500 muertes cada año y se estima que unas 18 millones de personas la padecen.

Además, como resultado del aumento de los desplazamientos a nivel global, cada vez se están reportando más casos en Estados Unidos, Europa, Australia y Japón. Teniendo en cuenta la situación socioeconómica y habitacional, algunos especialistas aseguran que en nuestra región el Chagas constituye una mayor amenaza que el SIDA.

Algunas zonas de Bolivia tienen afectadas el 50% de la población, en Argentina 2.500.000 sufren la enfermedad. En la mayoría de países latinoamericanos, la principal vía de transmisión es a través de la vinchuca o chinche (insecto infectado por el parásito), aunque también se puede transmitir de madre a hijo, por transfusiones de sangre, trasplantes de órganos, alimentos contaminados y accidentes de laboratorio. En general la infección no presenta síntomas y la mayoría de los enfermos desconocen que están infectados.

Sin embargo, con la evolución de la enfermedad, aproximadamente un 30% de los afectados desarrollará lesiones cardíacas y un 10% gastrointestinales irreversibles que pueden ser fatales. En los últimos años se ha probado que los efectos secundarios de la medicación, más comunes en adultos, son manejables y que, bajo supervisión, el tratamiento es factible incluso a nivel de atención primaria de salud. Resulta entonces de crucial importancia, en esta patología, una contundente política de prevención.

Exámenes preocupacionales

 

Nuestro país tuvo dos pilares de apoyo en las políticas de control de las enfermedades de la población. Uno de ellos fue el masivo examen que se realizaba con motivo del Servicio Militar Obligatorio (aunque había una discriminación de género), hoy suprimido.

El segundo, a través de los exámenes médicos preocupacionales, previos al inicio de una contratación laboral. La concreción de esta segunda alternativa, actualmente, se ve debilitada por la falta absoluta de concientización por parte de los empresarios, acerca de su obligatoriedad y acerca de las indudables ventajas que les significa. Probablemente coadyuva a ello que ni las ART ni el gobierno tienen demasiado interés en que se conozca la realidad de esta dramática enfermedad. La “política del avestruz”, que le llaman.

Y aquí regresamos al infausto sino de Salvador Mazza: hace pocos años, en diciembre de 2007, entró en vigencia la ley N§ 26281 que prohíbe a los empleadores comprobar en el examen de ingreso si los trabajadores están infectados por el llamado mal de Chagas. El texto dice así: “Prohíbase (sic) realizar reacciones serológicas para determinar la infección chagásica a los aspirantes a cualquier tipo de empleo o actividad.

Los actos que, utilizando información obtenida por aplicación de la presente ley y de las normas complementarias que en su consecuencia se dicten, impliquen una lesión o menoscabo de los derechos de las personas afectadas por la infección chagásica, son considerados actos discriminatorios en los términos de la ley 23592”. Sorprende que nuestros legisladores incurran en una grave omisión ya que tanto en el título de la ley como en su contenido se habla de “enfermedad de Chagas”, olvidando a nuestro compatriota -Mazza, claro está- que recorrió infatigablemente nuestra región recabando información que con rigor científico le dio credibilidad al desprestigiado médico brasileño Carlos Chagas.

La paupérrima redacción de los legisladores hace referencia a los “actos que utilizan información”, “obtenida de la aplicación de la ley”. Un disparate. Parecería que la prohibición es solo al ingreso, pero no durante el desarrollo de la relación laboral: otra incongruencia.

Pero lo grave de la cuestión, como lo señala el prestigioso médico especialista en Medicina del Trabajo, Dr. Hugo Francisco Rostagno, es que los legisladores creyeron suprimir una discriminación, cuando en realidad- la están realizando en forma triple:

Primero, con el enfermo chagásico, que no podrá conocer su patología a tiempo y realizar lo correcto antes de que sea tarde.

Segundo, con la empresa, que por no conocer este diagnóstico de su futuro empleado puede darle una tarea no acorde a su capacidad, resultando eventualmente responsable del agravamiento de la dolencia

Tercero, con la especialidad de Medicina Laboral que se dedica exclusivamente a la “prevención” de los riesgos del trabajo, al prohibirle por ley lo que exige su propia naturaleza preventiva.

Agreguemos que la discriminación alcanza a la sociedad toda, especialmente a quienes vivimos cerca de las zonas de riesgo, al privársela de un eficaz instrumento de prevención para la salud.

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