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La Corte de Justicia rechazó un recurso de casación presentado por la defensa de un médico traumatólogo, condenado por el Juzgado Correccional, de Garantías y de Menores de Primera Nominación del Distrito Judicial Orán al pago de una multa y a dieciocho meses de inhabilitación para ejercer su profesión, ya que el mismo fue encontrado culpable del delito de “lesiones gravísimas culposas por mala praxis médica”, en perjuicio de una paciente que quedó inhabilitada para trabajar y debió retirarse de sus funciones.
La defensa cuestionó el fallo de primera instancia por “omisión en la valoración de pruebas fundamentales” e “inobservancia de las pautas de razonabilidad en la formación de convicción”, pero la Corte desestimó la procedencia del recurso al considerar que los requerimientos de “la sana crítica racional” se encuentran “plenamente satisfechos” en el fallo inicial, y recordó que la mera discrepancia personal de las partes en un juicio no habilita la casación.