La Sala Sexta de la Cámara, con las firmas de los jueces Juan Carlos Fernández Madrid y Luis Raffaghelli, condenó a Servicios Integrales Globales a indemnizar una ciudadana peruana a quien, según el fallo, no podía haber contratado bajo ninguna modalidad de empleo.
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La Sala Sexta de la Cámara, con las firmas de los jueces Juan Carlos Fernández Madrid y Luis Raffaghelli, condenó a Servicios Integrales Globales a indemnizar una ciudadana peruana a quien, según el fallo, no podía haber contratado bajo ninguna modalidad de empleo.
El tribunal recordó que “ninguna persona de existencia visible o ideal, pública o privada, podrá proporcionar trabajo u ocupación remunerada, con o sin relación de dependencia, a los extranjeros que residan irregularmente”.
Pero avanzó en el análisis y subrayó que la aplicación de esa legislación “no eximirá al empleador o dador de trabajo del cumplimiento de las obligaciones emergentes de la legislación laboral respecto del extranjero, cualquiera sea su condición migratoria”.
“En ningún modo se afectarán los derechos adquiridos por los extranjeros, como consecuencia de los trabajos ya realizados, cualquiera sea su condición migratoria”, establece la normativa vigente.
Los jueces dieron por probado que la mujer trabajó “en negro” para la empresa entre 2008 y 2010, y en ese contexto establecieron que “el trabajo prohibido siempre origina efectos contra el empleador, lo que significa que este no puede prevalerse del trabajo ilegal para eximirse del pago de las prestaciones propias del contrato ni lo puede invocar para extinguirlo sin consecuencias indemnizatorias”.
“Por esta vía se impide que el empleador se aproveche del estado de necesidad que lleva a la otra parte a consentir la transgresión legal”.
Preocupación en la actividad rural
Un informe del Ministerio de Trabajo de la Nación determinó que de un total de 219 trabajadores relevados en campos cercanos a Mar del Plata, 142 no se encontraban legalmente registrados, mientras que también se identificaron 6 casos de explotación adolescente e infantil. Los datos surgen de un relevamiento realizado en el cordón rural que rodea a Miramar, Otamendi, Balcarce y Batán. En total, la cifra asciende al 65 por ciento de los casos, ya que casi 150 de los 219 trabajadores relevados no estaban registrados, y a esa irregularidad se suman los 4 casos de trabajo adolescente y 2 de explotación infantil, que fueron identificados en una serie de operativos realizados entre mediados de marzo y fines de abril en la zona rural que rodea al partido de General Pueyrredón. Según el relevamiento, de los 4 casos de trabajo adolescente y 2 de explotación infantil detectados, “ninguno se encontraba registrado”.