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5 de Septiembre,  Salta, Centro, Argentina
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Respuestas a dudas previsionales

Domingo, 21 de marzo de 2021 01:46
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Jorge Merlos (Capital): Este mes me pagaron por primera vez la pensión de mi esposa. Tengo dudas sobre la liquidación y el retroactivo.

Buen día Jorge. La pensión equivale al 70% de la jubilación. Al momento de cobrar deberá chequear que le hayan pagado los aumentos que se otorgaron desde la fecha de fallecimiento hasta ahora, incluyendo el 8,07% que corresponde al mes de marzo. En cuanto a los retroactivos, estos deben calcularse desde el día posterior al fallecimiento o bien un año, en caso de que haya pasado más de un año hasta que se solicitó la pensión.

Lidia Romero (La Merced): Mi esposo falleció hace poco. Para tramitar la pensión, ¿hace falta un tiempo mínimo de convivencia?

Buen día Lidia. Para tener derecho a la pensión por fallecimiento se debe acreditar al menos cinco años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. En caso de tener hijos en común, reconocidos por ambos, este plazo se reduce a dos años.

Daniela Casimiro (Orán): Tengo tres hijos y recibo la asignación universal por hijo. ¿Cuánto me tie

nen que depositar este mes?

Buen día Daniela. De acuerdo con la nueva ley de movilidad, las jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares y universales aumentaron un 8,07% en marzo. De esta forma la cobertura por hijo asciende a $4.017, pero recuerde que se acredita el 80%, es decir $3.213. En este mes también se está pagando la ayuda escolar anual para los niños en edad escolar que asciende a $3.115. Por lo tanto, si sus tres hijos van a la escuela, le deberían acreditar $18.984

Jesús Retambay (Capital): Me dijeron que me falta poco para jubilarme. Siempre he trabajado en construcción. ¿Cuáles son los requisitos?

Buen día Jesús. Quienes trabajan en la construcción gozan de un propio régimen previsional. Se necesitan al menos 55 años (para varones o mujeres) y 25 años con aportes. De esos aportes, al menos 12 años de los últimos 15 deben haber sido trabajados en la construcción. Para acreditar sus aportes en la construcción necesitará constancia de inscripción del Ieric (Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción); registro de afiliación a la Uoce o la Obra Social de la Construcción, libreta de aportes al Fondo de Desempleo (hasta marzo de 2009) o credencial del registro laboral del Ieric (desde abril de 2009).

Félix Castillo (Capital): Tengo 28 años de aportes, siempre fui chofer de colectivos. Voy a cumplir 62 en mayo, ¿ya podré jubilarme?

Buen día Félix. Los choferes de transporte de pasajeros se pueden jubilar a los 55 años de edad, siempre que acrediten 30 años de servicios con aportes en dicha tarea. En su caso ya supera la edad, pero aún no cuenta con 30 años de aportes como chofer. Está la posibilidad de completar los años de aportes que le faltan mediante un plan de pago. Aunque esos años de servicios se toman como servicios comunes, con edad de 65, de todas formas ya podría iniciar los trámites jubilatorios. Tenga en cuenta que para acceder a la moratoria debe superar un análisis socioeconómico de ingresos y bienes.

 

 

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