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1 de Julio,  Salta, Centro, Argentina
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Se cumplieron 197 años del día de la disolución del Cabildo de Salta

Lo dispuso la Legislatura de la Provincia el 17 de enero de 1825.
Domingo, 30 de enero de 2022 01:53
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Hace pocos días se cumplió un nuevo aniversario de la abolición del Cabildo de Salta, dispuesta por la Legislatura el 17 de enero de 1825. Regía los destinos de la ciudad desde hacía 243 años, cuando el licenciado don Hernando de Lerma la fundó en el Valle de Lerma en 1582.

El origen de nuestro cabildo como institución guarda relación con la fundación de las primeras ciudades hispánicas del siglo XVI. Por entonces, cuando nacía una ciudad, su fundador designaba entre quienes lo habían acompañado en la misión, a regidores y alcaldes que integrarían el cabildo de la nueva población.

En el ex Virreinato del Río de La Plata los cabildos se conservaron como autoridades legislativas y judiciales hasta la década de los años 1820. Luego perdieron su carácter como autoridades legislativas y, finalmente, fueron disueltos como órganos judiciales. El último cabildo abolido en nuestro actual territorio nacional fue el de la ciudad de San Salvador de Jujuy, en 1837.

Fin de nuestro Cabildo

Pero volvamos al proceso de abolición del Cabildo de Salta, tema de esta nota. Todo comenzó el 6 de noviembre de 1824 en la Legislatura que por entonces era unicameral. Fue cuando el vicepresidente del cuerpo, don Marco Salomé Zorrilla, presentó el proyecto de “extinción de los cuerpos Capitulares (cabildos) y arreglo de la Policía”. Los cabildos involucrados en ese proyecto eran los de Salta, Tarija, Orán y San Salvador de Jujuy. Además, Zorrilla proponía se redacte un proyecto sobre dicha extinción para que se presentase ante la Honorable Junta General, próxima a reunirse. Entre otras cosas, el autor fundamentó su iniciativa señalando que “el voto público clama por esta medida, por la insignificancia de su representación bajo la forma de Gobierno que el país tiene adoptada, en la nulidad de su poder y de sus atribuciones; en lo gravoso que es al vecindario por el número de ciudadanos que inútilmente se ocupan y últimamente, en el cambio absoluto de las circunstancias y tiempo en que estas corporaciones fueron creadas...”.

Despacho de Comisión

El proyecto siguió su curso y el 25 de noviembre de 1824 la Comisión de Legislación presentó el dictamen acerca del proyecto del Dr. Zorrilla. Según ese despacho, la Comisión expresó que “consideraba conveniente que se proceda a la extinción de los cabildos, previéndose previamente al Poder Ejecutivo que proceda, en uso de sus atribuciones, a reglamentar la Policía, que deberá correr a cargo de una comisaría dotada de 600 pesos anuales”. Asimismo, propuso que se “pasara sin pérdida de tiempo a redactar en la Honorable Junta el proyecto de reglamento para la administración de Justicia y demás ministros públicos; en la forma que deben subrogarse a la supresión de los Cabildos, que continuarán (en funciones) hasta la entrada del año próximo venidero”.

Debates

Por cierto, el proyecto del Dr. Zorrilla no encontró apoyo unánime en su iniciativa de eliminar los cabildos. En las sucesivas reuniones comenzaron a levantarse voces que se oponían tenazmente a la iniciativa abolicionista. Y así fue que en la sesión del 26 de noviembre de 1824 el vicepresidente segundo, don Manuel Ormaechea, hizo un extenso planteo donde fundamentó su oposición. Apoyó su argumento aludiendo a la antigüedad de la institución (Cabildo) y a “las utilidades que siempre habían traído a la población del país”. Al cruce le salió el diputado González, quien respondió a los reparos de su colega preopinante, aludiendo “que la antigüedad de los cabildos era una razón más para apoyar su extinción...”.

Las discusiones continuaron y así fue que en la sesión del 29 de noviembre de 1824 el diputado Facundo Zuviría (considerado el mentor intelectual de la iniciativa) expuso su punto de vista. Dijo que “le extrañaba la postura de la oposición con respecto a la extinción del Cabildo”. Y luego de varias consideraciones, pasó a demostrar “la monstruosidad que presentan estos cuerpos (cabildos) en lo político, con la confusión de que los tres poderes que se advertían en sus atribuciones, tienen parte de todos sin pertenecer con exacto deslinde, a ninguno de ellos...”.

Otro diputado que participó de las discusiones fue Gordaliza, representante de Jujuy, quien objetó el proyecto de Zorrilla sosteniendo que lo hacía “en cuanto respecta a Jujuy”. En el mismo sentido se expresó el diputado Portal, de idéntica procedencia. De hecho, el de San Salvador fue el último Cabildo que se disolvió en el país en 1837.

Finalmente, en la sesión del 14 de enero de 1825, el presidente del cuerpo legislativo, Dr. Marco Salomé Zorrilla, consideró que el prolongado debate estaba ya prácticamente agotado luego de casi dos meses de discusiones. Y en ese sentido propuso que se votara su proyecto en dos partes, primero en cuanto a los cabildos de las ciudades de Tarija, Orán y San Salvador de Jujuy, y en segundo lugar por el Cabildo de la Capital.

Puesta en votación la moción de supresión de los cabildos de Tarija, Oran y Jujuy, resultó rechazada por 12 votos contra 1, siendo este único del Dr. Marco Salomé Zorrilla.

En cuanto al tratamiento del segundo punto, es decir la extinción del Cabildo de Salta, se dispuso tratarlo en la próxima sesión del 17 de enero de 1825.

Por último, en la sesión del lunes 17 de enero de 1825, y luego de un debate del que participaron los diputados Zuviría, González y el presidente Zorrilla, respecto a los inconvenientes que podría acarrear la falta de uniformidad en las instituciones de ciudades de una misma provincia, la presidencia sometió a votación la iniciativa. El resultado por si se suprimía o no el Cabildo de Salta resultó con nueve votos a favor y cuatro por la negativa, quedando de esta forma sancionada la abolición de una institución que había regido los destinos de Salta durante 243 años. Era gobernador de la provincia el general Juan Antonio Álvarez de Arenales. 

Evaluación

Para el historiador salteño Juan Manuel de los Ríos, “la institución de los cabildos en la vida colonial y en los primeros años de vida independiente tuvo una importancia indiscutida en el desarrollo de las ciudades. Y también en la formación de un régimen particular de vida, como centro político y administrativo de cada jurisdicción”.

En cuanto a la abolición del Cabildo de Salta, De los Ríos señala que de la lectura detallada del debate (aquí reducido por obvias razones de espacio) surgen con toda claridad dos conclusiones: 1ª. Que no obstante haber sido los Cabildos una institución creada por el régimen español -contra cuyo poder y dominio se acababa de sostener una larga y terrible guerra- la autoridad moral y el arraigo de los mismos en el corazón de los pueblos, era evidente a 14 años de la Revolución de Mayo; 2ª. Que la supresión del Cabildo de Salta fue consecuencia del predominio de ideas liberales de una juventud intelectual embebida en lo que llamaban “los principios del siglo”. Y en virtud de ello prosigue- se inició un proceso de reformas que se podrían denominar “antitradicionalistas” o antihispánicas, ya que se inspiraban en ideas de tratadistas extranjeros, decididamente en contra de todo lo que fuese un recuerdo del régimen español”.
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