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El Tribunal de Impugnación de Salta decidió el pasado 30 de diciembre sobreseer a Santos Clemente Vera, acusado por el doble homicidio de las turistas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni en 2011. La resolución se basó en la extinción de la acción penal al considerar que el prolongado proceso judicial vulneró la garantía de plazo razonable establecida por la Constitución y tratados internacionales.
De esta manera se cayó una de las piezas fundamentales que esgrimió la justicia local para cerrar el doble homicidio. Por el mismo, únicamente permanece detenido una sola persona Gustavo Lasi y la hipótesis que se fundó para supuestamente esclarecer el tema perdió uno de sus pilares fundamentales.
Santos Clemente Vera se convirtió, sin querer, en estandarte de una lucha que aún no culminó, saber exactamente qué es lo que les ocurrió a las dos turistas francesas aquel julio de 2011.
El Tribunal de Impugnación, Sala IV, resolvió sobreseer a Santos Clemente Vera, acusado por el doble homicidio de las turistas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni, ocurrido en 2011 en la Quebrada de San Lorenzo. La decisión, adoptada tras más de 13 años de dilaciones procesales, se fundamentó en la extinción de la acción penal por vulneración del plazo razonable consagrado por la Constitución Nacional y tratados internacionales.
El fallo destaca que el prolongado tiempo transcurrido desde la apertura de la causa afectó derechos fundamentales como la seguridad jurídica, el debido proceso y la garantía de una resolución en tiempo razonable, tal como lo establecen el artículo 18 de la Constitución, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Proceso extenso
Vera pasó más de diez años en prisión entre 2011-2014 y 2016-2023 sin que su situación procesal obtuviera una definición firme. El tribunal subrayó que, si bien el caso presentó una alta complejidad debido a la cantidad de acusados, pruebas periciales y testimonios, estas circunstancias no justifican las demoras excesivas.
Asimismo, se destacó que la conducta de Santos Clemente Vera durante el juicio no fue dilatoria y que su defensa actuó dentro de los derechos procesales, lo que refuerza la idea de que el sistema judicial falló al no garantizar un proceso en tiempo oportuno.
Resolución final
El tribunal decidió extinguir la acción penal contra Vera y fundamentó su resolución en las disposiciones de tratados internacionales que protegen los derechos humanos, incorporados a la Constitución Nacional mediante su artículo 75, inciso 22.
Este fallo cierra uno de los casos más resonantes de los últimos años, pero deja una fuerte crítica al sistema judicial por las demoras que afectaron los derechos de los involucrados y la garantía del debido proceso. La noticia era ya largamente esperada, quizá 13 años.
En 2023 recuperó su libertad al fin
El caso de Santos Clemente Vera, acusado por el brutal asesinato de las turistas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni en la Quebrada de San Lorenzo, se convirtió en uno de los procesos judiciales más extensos y controvertidos de la historia de Salta. Desde su detención en 2011 hasta su liberación en 2023, el caso atravesó múltiples instancias judiciales, dejando profundas reflexiones sobre la justicia y el respeto a las garantías procesales.
El 29 de julio de 2011, los cuerpos sin vida de las jóvenes francesas fueron hallados en un paraje desolado de la Quebrada de San Lorenzo, tras varios días de búsqueda. La conmoción por el caso fue inmediata, tanto a nivel local como internacional. Apenas días después, Santos Clemente Vera fue detenido y procesado por los delitos de doble homicidio calificado, abuso sexual agravado y robo calificado, con base en pruebas genéticas y testimoniales que inicialmente lo vinculaban con los crímenes.
En 2014, tras un juicio oral, el Tribunal de Juicio Sala II absolvió a Vera. Los jueces consideraron que las pruebas presentadas eran insuficientes y, en muchos casos, contradictorias. El tribunal aplicó el principio de "in dubio pro reo", que establece que, en caso de duda, debe primar el beneficio del acusado. Este fallo representó un giro inesperado en la causa, generando tanto críticas como apoyo en distintos sectores.
Sin embargo, la absolución no sería definitiva. En 2016, la Sala III del Tribunal de Impugnación revocó esa decisión y condenó a Vera a prisión perpetua. Los jueces de esta instancia fundamentaron su fallo en pruebas genéticas y testimoniales que, según ellos, eran suficientes para demostrar su responsabilidad en los hechos. La condena fue luego confirmada por la Corte de Justicia de Salta, lo que mantuvo a Vera tras las rejas.
El caso tomó un nuevo giro en 2023, cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la condena impuesta. En su resolución, la Corte señaló que el Tribunal de Impugnación había vulnerado las garantías procesales de Vera.