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El fallo de la Corte de EEUU que puso freno al ímpetu de Donald Trump

Mientras el mundo observa con preocupación las decisiones del presidente norteamericano, el máximo Tribunal exhibió su independencia al declarar inconstitucional su política exterior de arancelamiento. 
Martes, 10 de marzo de 2026 01:10

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En este tiempo aciago en que el presidente de los Estados Unidos parece no tener límites en sus iniciativas alrededor del Mundo -por ejemplo, para ir a la guerra, la Constitución allí como aquí en Argentina, reserva al Congreso la atribución de declararla-, un saludable límite republicano a esos desbordes ha sido impuesto recientemente por la Corte Suprema de los Estados Unidos: un fallo contra su agresiva política exterior.

Hace algunos años, y para concluir un Programa de Estudios sobre los Estados Unidos, organizado por la UCASAL (año 2021) como trabajo final escribí sobre el denominado "Excepcionalismo Judicial" norteamericano, indagando sobre el impacto que generaba, en ese momento, la modificación de los equilibrios políticos entre liberales y conservadores al nombrar Trump en su anterior Presidencia a 3 ministros de Corte (SCOTUS), con la velada intención - en ese momento- de volcar el fiel de la balanza hacia su programa neoconservador. En este segundo mandato presidencial de Trump, este programa, como se observa por estos días, viró hacia una deriva profundamente antidemocrática, autoritaria y hasta "necolonial" (como lo calificó Emmanuel Macron, luego de los acontecimientos en Venezuela).

La reciente sentencia de la Corte Suprema puso un límite tajante - y se diría mortal- sobre la agresiva política exterior de Trump en materia de aranceles, para casi todos los países del orbe con que comercia. Golpe mortal pero republicano, asestado por una mayoría judicial integrada básicamente por aquellos jueces supremos que Trump llevó, repito, con la velada intención, de que convalidaran su agenda neoconservadora en su programa de Gobierno (fracasada en su intento de reelección del 2021); agenda potenciada ahora como una larga retahíla de represalias y venganza, internas y externas, contra enemigos ideológicos (imaginarios) de "su" régimen, de terror, por cierto, para sectores de la población civil (latinos y musulmanes) y de desconcierto para el resto del mundo occidental.

Excepcionalismo 

En clave de interrogación, indagábamos sobre el denominado "excepcionalismo" norteamericano y si este podía extenderse a una faz judicial, excepcionalismo caracterizado y cimentado en ideales históricos sobre Democracia, Derechos Civiles y República en sus tiempos fundacionales, en lugar de hacerlo, como otros países, en una tradición, un patrimonio, etnia, historia ancestral o élite común.

 Es conocida la frase de Abraham Lincoln en el Discurso de Gettysburg cuando expresó que "Estados Unidos es una nación concebida en la libertad, y dedicada a la proposición de que todos los hombres son creados iguales" y que la misión estadounidense es que el "gobierno del pueblo, por el pueblo, y para el pueblo no perezca de la faz de la tierra". Como dice el politólogo estadounidense Joseph Nye, "Los estadounidenses suelen creer que su país es excepcional porque define su identidad no por la etnicidad, sino más bien por una visión liberal de la sociedad y un estilo de vida basado en la libertad política, económica y cultural". Recuerdo que ya en 2021 añadía este autor: "La Administración del presidente Donald Trump ha roto con esa tradición". No se equivocaba, más bien, pudo quedarse corto en su prudente afirmación.

Ese estilo de vida, esa visión liberal y esa afección por la República democrática, que Trump ya había puesto en peligro en ocasión del aliento al asalto al Capitolio, es recogida - al menos en un aspecto estructural de su organización constitucional-, con este fallo promovido por un simple juguetero (el demandante) que con su empresa, Learning Resources, fue de las primeras en acudir a los tribunales contra la todopoderosa administración de Trump (que ordenaba enjuiciar a sus rivales políticos y amenazaba a cualquiera que se le opusiera y ahora amenaza a los propios jueces) en contra de impuestos y aranceles como política económica de protección, y que la Corte declaró ahora inconstitucionales por haber utilizado indebidamente una ley de emergencia económica.

La decisión que declara inconstitucional la política arancelaria, dice el demandante al Diario El País de España, "es una poderosa reafirmación del Estado de Derecho y la separación constitucional de poderes sobre los que se basa nuestro país".

Resulta útil advertir ciertas circunstancias del caso. El demandante se unió, junto a un millar de empresarios de todo el país, a la plataforma We Pay the Tariff (Nosotros pagamos los aranceles), para movilizarse contra los gravámenes comerciales. Su caso se eligió junto con el de Victor Schwartz, propietario de la pequeña importadora de vinos neoyorquina VOS Selections, para representar en los tribunales a cientos de pequeñas y medianas empresas que sufrieron las consecuencias de la ofensiva arancelaria de Trump, que causaba gran impacto financiero en sus empresas.

Los aranceles recíprocos, que Trump aprobó invocando la ley de poderes de emergencia de 1977 (IEEPA, en sus siglas en inglés,) cambiaron su vida. "Los aranceles ralentizaron el crecimiento de nuestra empresa. Nos vimos obligados a imponer un aumento de precio a mitad de año. 

"Desde el principio creí firmemente que esto era inconstitucional e ilegal, y busqué un abogado que nos representara", dice. El fallo favorable de su caso, uno de los dos que llegó al Tribunal Supremo de Estados Unidos, supone un fuerte varapalo para la piedra angular de la política económica de Trump.

La clave de ese excepcionalismo, con el que suele caracterizarse a esta manera de ser norteamericana, en sede judicial, la representaría precisamente la idea acerca de que las preferencias ideológicas o políticas de los miembros actuales de su más importante Tribunal, por más que cambien allí los equilibrios o acumulen una mayoría circunstancial, que presione al cambio de su jurisprudencia, al fragor de las intenciones políticas de quienes los nominan, por y pese a "la ley o los hechos", no pueden representar un cambio dramático en la estabilidad del régimen. Un sistema en el que se concibe la espectacular conciencia democrática norteamericana sobre la lozanía de sus derechos civiles flotando en el mar de las borrascas sociales, que Trump ha provocado, incluso en forma dramática, como la caza de inmigrantes en EEUU o esta política arancelaria que, lejos de afectar a China o Rusia, ha afectado fuertemente a ciudadanos y comerciantes norteamericanos.

La Corte Suprema de EEUU, pese a la reprimenda y la amenaza de represalias varias del presidente Trump - qué otra cosa cabría esperar sino patadas-, mantiene con fallos como este, un balance o equilibrio que, con algunos reparos, sobrevive a lo largo de décadas, cimentando un particular estilo de vida en función y en virtud de las libertades fundamentales expresadas en su Constitución, que los jueces están llamados a resguardar.

Pienso que defender las libertades civiles mediante un estrangulamiento, un achique, una lesión solapada es un precio muy alto por una supuesta protección (la que brindaría Trump para hacer supuestamente "grande" nuevamente a EEUU), pero que la sociedad norteamericana no está dispuesta a pagar. Y allí operan particularmente los límites que la Corte Suprema ha sabido poner a las iniciativas transpersonalistas y meramente coyunturales de los distintos gobiernos. Así, frena la argumentación de nuevas mayorías, que buscan alterar el núcleo "esencial" de los derechos fundamentales y sedimentados del pueblo, ganados por y para el pueblo - parafraseando a Lincoln, quien lo tomó de la Constitución Francesa.

Como en aquel trabajo al que hacía referencia al inicio, de estudios sobre la cultura y política norteamericanas, que intentaba auscultar las razones por la que la crisis de confianza o legitimidad en un Tribunal de Justicia puede ser repuntada o empeorada con fallos como el señalado. Los paralelismos entre la Corte Suprema norteamericana y la Argentina son un lugar común de nuestro constitucionalismo). Dada la incertidumbre y peligro para el mundo civilizado que representan las agresivas políticas del presidente Donald Trump-, este fallo permite recuperar un halo de esperanza sobre un aspecto fundamental del funcionamiento de los Tribunales de cara al poder político. No es un tema precisamente jurídico, sino ético, más allá de cualquier ideología: toda decisión fundamental sobre los cimientos del sistema (división de poderes, controles recíprocos, check and balances), debe ser ciega a los condicionamientos de los poderosos, pero, básicamente, a las convicciones personales de quienes tienen la responsabilidad de juzgar.

Por eso cobra valor la cita a la estabilidad de sus criterios fundamentales pese a los cambios y borrascas políticas en la integración del Tribunal: "A menos que se perciba que la Corte Suprema no representa más que las preferencias de sus miembros actuales, es fundamental que la protección judicial se mantenga firme en ausencia de los cambios más dramáticos e inesperados en la ley o en los hechos", según señaló en 2021 la abogada Julie Rikelman.

Luego de esa espectacular tragedia que significó la primera Administración Trump para la República norteamericana en sus valores fundamentales (la secuencia asombra: asalto al capitolio, intento de golpe de Estado, indulto y clemencia posterior a más de 1500 violentos), se impone recuperar un aspecto fundamental de su excepcionalismo: la elogiable tradición de las libertades y derechos fundamentales de sus ciudadanos frente a los poderosos, a partir de la producción de fallos de su Corte que puede y debe resistir, de un modo único, a los embates desde adentro y desde afuera, a restringir indebidamente derechos constitucionales de sus ciudadanos, aunque se alteren premeditadamente sus equilibrios políticos. Algo a veces inimaginable en Argentina: freno al poderoso e independencia de Poderes.

 

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