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Piden la prisión preventiva para la abogada argentina en Brasil

Una fundación reclamó la intervención de Cancillería. Consideran que la imputación fue desproporcionada al no contar con una condena firme.
Jueves, 05 de febrero de 2026 01:26
La justicia brasileña no ponderó la agresión que sufrió la abogada argentina.
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Agostina Páez, la abogada argentina de 29 años retenida en Brasil, continúa con tobillera electrónica y aún sin posibilidad de acceder al pasaporte. La fiscalía brasileña solicitó la prisión preventiva, mientras una fundación argentina reclamó la intervención de Cancillería. Según la Fundación Apolo, la imputación fue desproporcionada. Páez fue detenida luego de un incidente en un bar del barrio de Ipanema, a partir de un desacuerdo por el cobro de una cuenta y fue acusada de realizar gestos considerados ofensivos. El hecho no sólo derivó en la retención de su pasaporte, sino que se le impuso una tobillera electrónica que le impide regresar a Argentina mientras avanza la causa.

El reclamo de la Fundación Apolo sostiene que la respuesta del sistema penal brasileño no se ajusta a los estándares internacionales en materia de derechos humanos, y advierte que la medida restrictiva fue adoptada sin evaluación adecuada de alternativas menos gravosas, no consideró la condición de mujer extranjera de la imputada. Se destacó la existencia de registros fílmicos previos a la reacción de Páez, donde uno de los empleados del establecimiento hizo gestos obscenos dirigidos hacia ella y su acompañante, conducta que no fue ponderada por las autoridades.

Se sostuvo que la abogada fue inicialmente víctima de un intento de cobro indebido y de burlas de carácter sexual, por tanto, su posterior reacción sería descontextualizada, lo que invertiría los roles de víctima y victimaria. La fundación, bajo las directivas de Yamil Santoro, mencionó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, la Ley 20.957 del Servicio Exterior, y subrayó que la Cancillería se encuentra habilitada para intervenir ante una persecución penal que no supera los criterios de razonabilidad o debido proceso. Asimismo, citó a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la CEDAW, la Convención de Belém do Pará y las Reglas de Bangkok de la ONU, que establecen un deber reforzado de protección a mujeres en contextos de violencia o asimetría.

 

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