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En un fallo firmado el lunes pasado, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas que recayeron sobre Rafael Resnick Brenner y Nicolás Fili, exfuncionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en Salta, por su participación en una maniobra que benefició de forma indebida a la empresa Minera Santa Rita con reintegros del impuesto al valor agregado ( IVA). Además, el tribunal anuló la absolución que había beneficiado a los representantes de la minera y ordenó que un nuevo tribunal dicte sentencia sobre su responsabilidad penal.
Resnick Brenner y Fili habían sido encontrados culpables del delito de concusión por el Tribunal Oral Federal 2 de Salta en 2023. En el caso de Resnick, quien era director de la Regional Salta de la AFIP (ahora ARCA), recibió la pena de cinco años y medio de prisión de cumplimiento efectivo en calidad de autor, con inhabilitación absoluta y especial para ejercer cargos públicos. Antes de esta sentencia, se lo había conocido también por su participación en el sonado "caso Ciccone", en el que terminó condenado junto al expresidente Amado Boudou.
Fili, quien se desempeñaba como exjefe del Area Jurídica de la entonces AFIP, fue condenado a tres años de prisión en suspenso en grado de partícipe necesario, también con inhabilitación especial.
La causa giró en torno de disposiciones con las que ambos funcionarios autorizaron en 2015 reintegros impositivos basados en operaciones con empresas vinculadas a la minera que carecían de capacidad operativa y fueron creadas, según se determinó, para generar créditos fiscales ficticios.
El Ministerio Público Fiscal de la Nación, representado en este caso por fiscal federal Carlos Amad, y la querella de la AFIP habían apelado la absolución de los representantes de Minera Santa Rita, con planteos en los que cuestionaron tanto la exclusión de pruebas como la valoración realizada por el tribunal oral de juicio. Casación les dio la razón y ordenó que el caso vuelva a juzgarse.
"Lo que aquí interesa a la Fiscalía y a la querella es que se deberá condenar a los acusados dueños de la minera Santa Rita, Pablo Daniel Haddad y Federico Guijarro Jiménez, como así también a Rafael Resnick Brenner y Nicolás Antonio Fili por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública y por el delito de cohecho, pasivo y activo, por el cual fueron acusados por este Ministerio Público Fiscal", explicó Amad a El Tribuno.
Los exfuncionarios habían llegado al juicio, que se inició en octubre de 2022, acusados de fraude a la administración pública, cohecho pasivo y concusión. Haddad -gerente de la minera- y Guijarro Jiménez -contador de la empresa- compartían la misma calificación penal respecto al cohecho, en calidad de coautores, pero en grado activo.
Según la Fiscalía, también hubo un pedido de coima dirigido al empresario Haddad a cambio de un reintegro de IVA que había sido requerido el 30 de octubre de 2013 en calidad de exportación.
En el veredicto, dictado en agosto de 2023, el tribunal integrado por Federico Santiago Díaz, Domingo Batule (presidente) y Marta Liliana Snopek absolvió a Resnick Brenner y Fili de los cargos de defraudación. En relación al cohecho, también se inclinaron por la absolución, en este caso por el beneficio de la duda, que también se extendió a los representantes de la minera.
La Fiscalía había acusado a los exfuncionarios por defraudación y concusión luego de establecer que habían pedido $1,5 millones a Fredy Tejerina, un empresario local citado por la AFIP Salta en agosto de 2015, a fin de regularizar su difícil situación tributaria. En el juicio, el contribuyente manifestó que el exdirector de la Regional de la AFIP le solicitó esa suma a cambio de alivianar los problemas tributarios que atravesaba. Agregó que, posteriormente, en una segunda reunión realizada en oficinas de la AFIP, Resnick Brenner le presentó a Fili como su "hombre de confianza" y con quien debía coordinar el pago requerido, a la vez que ordenó el levantamiento del bloqueo del CUIT de su empresa para que pudiera operar comercialmente.