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Los litigios comerciales deben ir a mediación

Domingo, 13 de mayo de 2012 12:39
Empezará su vigencia desde mañana e incluye a las situaciones derivadas de litigios que abarcan los asuntos civiles.

La mediación será obligatoria en Buenos Aires para conflictos civiles y comerciales e impactará en empresas del interior que operan en jurisdicción bonaerense. A partir de mañana comenzará a regir el procedimiento antes de que las causas sean elevadas a los estrados judiciales. El plazo para el sumario será de hasta sesenta días corridos a partir de la última notificación. El procedimiento se denominará de mediación prejudicial obligatoria, un mecanismo de resolución de conflictos civiles y comerciales que se aplicará antes para no desbordar a los tribunales. El nuevo sistema será puesto en marcha por el gobernador bonaerense, Daniel Scioli, en un acto que se realizará mañana en la Gobernación bonaerense, en La Plata. Así, las causas comerciales y civiles que ingresen a los departamentos judiciales de la provincia de Buenos Aires motivará el sorteo de un mediador, dentro de un listado de mediadores matriculados habilitados por el Ministerio de Justicia y Seguridad bonaerense, quien se encargará de resolver la cuestión.

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Empezará su vigencia desde mañana e incluye a las situaciones derivadas de litigios que abarcan los asuntos civiles.

La mediación será obligatoria en Buenos Aires para conflictos civiles y comerciales e impactará en empresas del interior que operan en jurisdicción bonaerense. A partir de mañana comenzará a regir el procedimiento antes de que las causas sean elevadas a los estrados judiciales. El plazo para el sumario será de hasta sesenta días corridos a partir de la última notificación. El procedimiento se denominará de mediación prejudicial obligatoria, un mecanismo de resolución de conflictos civiles y comerciales que se aplicará antes para no desbordar a los tribunales. El nuevo sistema será puesto en marcha por el gobernador bonaerense, Daniel Scioli, en un acto que se realizará mañana en la Gobernación bonaerense, en La Plata. Así, las causas comerciales y civiles que ingresen a los departamentos judiciales de la provincia de Buenos Aires motivará el sorteo de un mediador, dentro de un listado de mediadores matriculados habilitados por el Ministerio de Justicia y Seguridad bonaerense, quien se encargará de resolver la cuestión.

También en esa oportunidad se sorteará el Juzgado que, eventualmente entenderá en la homologación del acuerdo al que se arribe.

El mediador dentro del plazo de cinco días de notificado, fijará la fecha de la audiencia a la que deberán comparecer las partes, las que en ningún caso podrán ser superior a los cuarenta y cinco días corridos de la mencionada designación. El plazo para el proceso será de hasta sesenta días corridos a partir de la última notificación al requerido, previéndose que, las partes, de común acuerdo, puedan proponer una prórroga de hasta 15 días.

Si vencido ese plazo no se hubiera arribado a una solución del conflicto, se labrará acta y quedará expedita la vía judicial.

Quedan exceptuados del carácter previo y obligatorio de la mediación: “las causas penales sometidas a mediación voluntaria de acuerdo a la ley 13.433; acciones de separación personal y divorcio, nulidad de matrimonio, filiación, patria potestad, alimentos, guardas y adopciones; procesos de declaración de incapacidad y de rehabilitación”.

También se exceptúan los procesos de declaración de incapacidad y de rehabilitación; las causas en las que el Estado nacional, provincial, municipal o los entes descentralizados sean parte; los amparos, los hábeas corpus; los juicios sucesorios y voluntarios; los concursos preventivos y quiebras; las causas que se tramiten ante los tribunales laborales y las que se tramiten ante los juzgados de paz.

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