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Respuestas a los jubilados

Sabado, 02 de marzo de 2019 00:00

Elena Gutiérrez (Capital): Soy jubilada docente y todavía no se sabe cuándo tendremos aumento. Le agradezco si tiene información. Gracias.

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Elena Gutiérrez (Capital): Soy jubilada docente y todavía no se sabe cuándo tendremos aumento. Le agradezco si tiene información. Gracias.

Buen día Elena: a partir del primero marzo los jubilados y pensionados comenzaron a cobrar con aumento que, en el caso de los docentes, asciende a 25,62%. Recuerde que la movilidad de los jubilados y pensionados docentes es diferente a la ordinaria: reciben dos aumentos al año, en los meses de marzo y septiembre.

El incremento de los haberes surge de la evolución de un índice que se conoce como RIPDOC (remuneración imponible promedio de los docentes). Este índice se calcula con datos de la declaraciones juradas que procesa la AFIP. Se trata de un cociente entre la masa de remuneraciones sujetas a aportes de los docentes en actividad y el total de docentes. Es decir que en el cálculo no se consideran los montos no remunerativos, además sólo se toma la información que corresponde a jurisdicciones incluidas en el sistema nacional (porque hay provincias, como Buenos Aires, que conservan sus cajas provinciales).

Este aumento es muy esperado por los jubilados docentes porque durante el año 2018 recibieron sólo un 22,3% de aumento (fue 11,65% en marzo y 9,54% en septiembre pasados), frente a una inflación de casi el 48%.

Claudia Albornoz (Orán): licenciado, soy mamá de tres hijos, por favor si puede explicar el tema de la ayuda escolar anual. ¿Cuánto y cuándo se cobra?

Hola Claudia: Si estás recibiendo la asignación familiar por hijo o la asignación universal por hijo y tus hijos asisten a un establecimiento educativo incorporado a la enseñanza oficial y obligatoria en el que se imparta educación inicial, primaria o secundaria tenés derecho al cobro de la Ayuda Escolar Anual. Se trata de un monto de $1.701 por cada hijo que se te acreditará desde el primero de marzo si presentaste el formulario de escolaridad el año anterior.

Para seguir cobrando anualmente tendrás que presentar el formulario de escolaridad (se llama PS.2.68). Este formulario lo podés presentar de manera on line. Hay que completar el formulario en la página de ANSES, lo imprimís y llevas a la escuela para que lo firmen. Finalmente el formulario se sube a internet. La otra alternativa es presentar el formulario firmado ya por la escuela en una oficina de ANSES, trámite con turno. Tendrás tiempo hasta fin de año para completar el trámite.

En caso de que el año pasado no hayas presentado los formularios, no te acreditarán el pago en marzo y hasta tanto hagas la presentación del formulario que acredita que tus hijos están escolarizados.

Juan Antonio Copa (Orán):

me pude jubilar hace pocos meses. Me llamó la atención cuando vi mi primera jubilación porque es el 60% de lo que yo cobraba. ¿Qué se puede hacer porque tuve buenos sueldos y no aparecen en la liquidación?

Estimado Juan Antonio: las jubilaciones en muchos casos resultan bajas con porcentajes del orden del 60% del último salario (a veces incluso menos). Esta relación, conocida como "tasa de sustitución", debiera ser un porcentaje razonable lo cual le permitiría mantener en la vejez un nivel de vida acorde al que tenía en actividad. Pero la Ley vigente no garantiza una única tasa de sustitución, sino que esta es variable en función de los años de aportes, y tiende a ser más baja para los salarios más altos.

De acuerdo a lo que nos comenta es posible que haya un error de carga en los salarios que se tomaron para el cómputo o bien que ANSES por no contar con la información precisa de sus salarios le haya computado valores mínimos de Ley.

Sus haberes podrían mejorar significativamente si hace un pedido de reajuste; será fundamental que adjunte documentación respaldatoria donde consten los salarios que efectivamente percibía en actividad.

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