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¿Qué debe hacer un jubilado para dejar de pagar Ganancias?

El fallo de la Corte beneficia a una sola persona. Para conseguir la eximición impositiva hay dos alternativas: que el Congreso sancione una ley o iniciar un largo camino judicial.
Martes, 26 de marzo de 2019 16:48

Luego del fallo de la Corte Suprema que por 4 votos a 1 declaró inconstitucional el descuento del Impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones y pensiones, se abre una nueva etapa para que miles de beneficiarios reclamen el mismo tratamiento y un reembolso por los descuentos ya aplicados. En lo inmediato, la decisión del máximo tribunal se concentró sobre un caso particular y no sobre el universo total de jubilados y pensionados alcanzados por el tributo. Hoy se estiman que entre 170.000 y 200.000 lo pagan. Para dejar de hacerlo, deberán comenzar el largo camino judicial.

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Luego del fallo de la Corte Suprema que por 4 votos a 1 declaró inconstitucional el descuento del Impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones y pensiones, se abre una nueva etapa para que miles de beneficiarios reclamen el mismo tratamiento y un reembolso por los descuentos ya aplicados. En lo inmediato, la decisión del máximo tribunal se concentró sobre un caso particular y no sobre el universo total de jubilados y pensionados alcanzados por el tributo. Hoy se estiman que entre 170.000 y 200.000 lo pagan. Para dejar de hacerlo, deberán comenzar el largo camino judicial.

Según especialistas, el fallo tiene un alcance potencial de todos casos, pero cada uno tendrá su propio recorrido en la Justicia. Actualmente, hay unos 2.000 juicios en trámite para evitar que le descuenten el impuesto. Si todos esos expedientes logran sanción definitiva, el Estado nacional deberá reembolsar lo retenido desde el momento que comenzaron el trámite. Así lo determinó la Corte para María Isabel García, el caso testigo para fallar sobre este tema.

Por otro lado, los jubilados que ya cobraron juicios o están en etapa de ejecución y ya sufrieron retenciones por Ganancias, podrán reclamar su devolución.

Hasta diciembre de 2018 el mínimo no imponible de seis haberes mínimos se aplicaba por recibo. Para estar alcanzado, un adulto mayor tenía que recibir más de $ 55.854 mensuales de jubilación y/o de pensión, contabilizado por separado. Pero desde 2019, el mínimo se cuenta por beneficiario y se deben sumar los montos de los dos recibos para saber si está alcanzado. El nuevo tope para marzo, abril y mayo es de $ 62.462. Por arriba de ese número, se tributa.

Andrea Falcone, especialista en temas previsionales, recomienda que lo primero que deben hacer es conseguir un abogado. “Históricamente el 10% de los jubilados hacen juicio. En este caso, quizá ese porcentaje sea mayor por el poder socioeconómico de los involucrados”, aclaró la letrada en diálogo con ámbito.com.

Otra opción es esperar a que el Congreso sancione una ley que contemple el fallo de la Corte y exima a los jubilados de Ganancias, pero que al mismo tiempo repare el daño económico causado. Esta posibilidad es la más incierta: no se espera que en momentos de achicamiento del déficit fiscal a pedido del FMI, la Casa Rosada impulse una nueva ley reparatoria.

Tampoco la oposición contaría con los votos suficientes para aprobar una ley que implique un crecimiento del gasto público. Para 2019, el Poder Ejecutivo espera recaudar unos $ 1.600 millones por el cobro de Ganancias a jubilados. Pero además, los legisladores ni si quiera cumplieron con el pedido de la Corte de dictaminar una norma que ajuste los haberes por el fallo “Badaro II”, sobre el caso Blanco que sentenció en diciembre pasado.

“La Corte le tira la pelota al Congreso del desde el fallo Badaro I, de 2007. Y no vemos que el Ejecutivo se haya afectado mucho. Esperan los juicios porque les resulta más redituable: pagan dilatado en el tiempo, a tasa pasiva, muchos no reclaman, y mientras no reconocen hechos ni derechos”, remarcó Falcone.

Fuente: Ambito 

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