¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

24°
19 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD
IPV

Les quitaron una vivienda del IPV porque no la usaban

La Justicia reafirmó que los beneficiarios tienen la obligación de vivir en el inmueble que les entregó el Estado.
Sabado, 27 de abril de 2019 01:21

La Corte de Justicia de Salta confirmó la desadjudicación de una casa del Instituto Provincial de Vivienda (IPV) a una familia porque no vivía en el inmueble.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

La Corte de Justicia de Salta confirmó la desadjudicación de una casa del Instituto Provincial de Vivienda (IPV) a una familia porque no vivía en el inmueble.

En una sentencia de primera instancia, se había declarado la nulidad de las resoluciones del IPV que dejaron sin efecto la adjudicación de la casa, ubicada en el barrio Mirasoles.

Los jueces del alto tribunal destacaron que, en el acta de tenencia, la cláusula primera establece que el beneficiario debe ocupar la propiedad dentro de los treinta días siguientes a la entrega. Si no la habita, se considera que no necesitaba una vivienda social, destinada a familias sin techo.

Y en la cláusula cuarta se establece que, por el término de cinco años, el tenedor del inmueble se obliga a destinar el mismo al uso de los titulares y su grupo familiar.

En este caso, las inspecciones confirmaron la infracción por parte de la adjudicataria, que no habitaba el inmueble, lo cual incluso fue admitido en el trámite.

"El contrato administrativo celebrado por la demandante con la administración se encuentra enmarcado en el ámbito de un servicio de utilidad pública e interés general cuya prestación supone el traspaso del dominio de un bien del Estado a un particular, por razones de índole social", recordaron los jueces.

También apuntaron que la adjudicataria como "tenedora precaria de la unidad habitacional asignada, se encontraba obligada al cumplimiento de los requisitos impuestos por la entidad promotora del programa de viviendas, entre los cuales cobra relevancia la obligación de ocupar la unidad adjudicada con los integrantes del grupo familiar declarado, como así también la comunicación por escrito al Instituto de todo cambio o modificación en aquel y de someterse a las inspecciones consideradas necesarias."

El fallo destacó que la adjudicataria no cumplió con las obligaciones. "De tal manera, las resoluciones impugnadas cuentan con la motivación suficiente que ponen de manifiesto la razonabilidad y la juridicidad del acto de extinción que impide invocar la presunta arbitrariedad de la medida adoptada por el organismo administrativo."

La adjudicataria había citado las cláusulas constitucionales y tratados internacionales que resguardan los derechos de los niños y de las niñas, entre ellos el derecho a la vivienda. Pero la Corte de Justicia de Salta planteó que "resultan ajenas a la situación toda vez que, como quedó acreditado en el proceso, los menores no habitan el inmueble en cuestión."

Argumentos

Las normas del IPV establecen que los beneficiarios deben habitar las viviendas que les entrega el Estado. Si alguien obtiene una casa construida con fondos públicos y no la ocupa, se interpreta que no la necesitaba. Por la misma razón, no pueden venderse ni alquilarse por cinco años. 

Las deudas y otras irregularidades

El valor de la cuota de una vivienda del IPV se calcula en base a lo que el Estado invirtió en la obra pero siempre es accesible en comparación con un alquiler.

Muchas de las casas que se entregaron el año pasado, por ejemplo, se pagan a razón de 3.500 pesos por mes.

El año pasado, desde el organismo oficial que se encarga de la construcción de casas para familias con problemas habitacionales, estimaron que unos 760 inmuebles estaban en proceso de “desadjudicación”, ya sea por el nivel de deudas o porque los beneficiaros no cumplían con el requisito de habitar la vivienda.

Sorteo de Cumplís y Ganás

Premiarán a los beneficiarios que tienen la cuota de su vivienda al día.

El Instituto Provincial de Vivienda (IPV) informó que el martes 30 de abril realizará un nuevo sorteo Cumplís y Ganás. Premiarán a cuatro adjudicatarios de la provincia por mantener al día las cuotas de sus viviendas sociales.

El acto tendrá lugar a partir de las 10 en las oficinas de Tecno Acción ubicadas, en la calle Balcarce Nº 759. Contará con la presencia de escribano público, agentes del IPV y personal de la lotería de Salta.

Participarán 15.340 adjudicatarios de toda la provincia que se encuentran al día con el pago de sus cuotas y los cuatro ganadores podrán reducir de sus cuentas los montos de $6.000, $4.500, $3.000 y $1.500.

Los titulares de viviendas del IPV pueden consultar si participan ingresando a la página oficial del IPV: www.ipvsalta .gob.ar

El objetivo del sorteo es fomentar que los adjudicatarios de viviendas sociales se mantengan al día con las cuotas.

De acuerdo a datos de 2018, el 40 por ciento de los salteños que viven en Casas del IPV tenía cuotas atrasadas. 

El porcentaje de morosidad es alto, por lo que resulta difícil nivelar las cuentas entre lo que se invierte en construcción de viviendas y lo que se recauda por el pago de cuotas. Se toma como “moroso” a quien no pague tres cuotas consecutivas o cinco alternadas.

“Construir viviendas o mejorarlas a través de terceros y/o financiarlas, con el fin de reducir el déficit habitacional de la provincia de la población con recursos insuficientes e intervenir en nuevos barrios o grupos de viviendas que lleven a cabo otras entidades atendiendo a un desarrollo urbano equilibrado es el objetivo del IPV”.

Según la Cámara Inmobiliaria de Salta, hasta el año pasado faltaban unas 90 mil viviendas en la provincia.
.

Temas de la nota

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Temas de la nota

PUBLICIDAD