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Sorpresa y malestar por el fallo de la Corte sobre las antenas

Debían ser instaladas a no menos de 500 metros de la última vivienda de la ciudad.Declaró inconstitucional una ordenanza del Concejo que ordenaba el traslado de los equipos
Lunes, 08 de julio de 2019 01:57

El fallo generado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a favor de las empresas de telefonía celular causó un gran malestar a un gran sector de la comunidad de la ciudad de Gral. Güemes.
Sobre este nuevo fallo, la señora Leonora Fenoglio de Palacios, quien fue la que inició hace más de una década una lucha para la erradicación de las antenas por considerarlas nocivas para la población, siendo su familia la principal víctima por muerte de cáncer, manifestó: “Me sorprendió y me preocupó mucho junto a los vecinos. De todas maneras nosotros hablamos con gente de la Justicia y estamos con un amparo que se presentó hace dos años, justo nos llamaron para el día 15 al Juzgado Federal que según nos comentan es favorable a nosotros. Para este fallo de la Nación los jueces solo tomaron en cuenta lo que ganan o dejan de ganar las empresas, nunca tuvieron en cuenta lo que le pasa a la gente. Vieron la parte técnica pensando si las empresas van a gastar mucho, preocupándose por ellos más que por nosotros. En el amparo se presentaron los certificados médicos de las personas afectadas con cáncer, demostrando todas sus dolencias, una carpeta con los antecedentes de las personas lamentablemente fallecidas, la Justicia nacional no pensó en el principio precautorio que es tan importante para este caso. El 15 nos vamos a presentar en el Juzgado Federal y la Corte Suprema tendrá que rever todo esto. No es posible que tres personas que no viven aquí decidan por la gente. Esta es una población que tiene muchísimos problemas. No quiero imaginar que las antenas regresen al mismo sitio donde fueron sacadas. Parecía una lucha ganada con fallos dados y que solo debían hacerlos cumplir. Esperemos que el lunes 15 tengamos algo más claro cuando nos presentemos en el juzgado”, manifestó la señora de Palacios.
Por otro lado, Daniel Nallar, en representación de la parte legal del municipio de Gral. Güemes, expresó: “Todos coincidimos y estamos en la misma sintonía con respecto de asegurar una protección tanto a la salud como al ambiente. Lo que pasó en este fallo es que la empresa Telefónica demandó al Concejo Deliberante de la ciudad de Gral. Güemes, no a la Municipalidad ni al Departamento Ejecutivo, sino que fue un pedido de declaración de inconstitucionalidad sobre una ordenanza que establece que las antenas de telefonía celular tienen que establecerse a más de 500 metros de la última urbanización existente en Güemes, debían buscar un espacio que reúna esa condición para realizar el traslado. La Corte Suprema de Justicia hace lugar a esa acción de inconstitucionalidad debido a que Telefónica logra probar que a esa distancia, donde ordenan el traslado, impediría prestar el servicio en determinados sectores. Estaríamos hablando de que las antenas estarían a 7 km del centro de la ciudad de Güemes. Telefónica demuestra que a esa distancia es imposible llegar y quedarían sin servicios lugares como la comisaría, el hospital, centros de salud, la municipalidad, algunas escuelas, que son lugares donde la comunicación es fundamental. Esto fue tenido en cuenta por la Corte para decir que no era conveniente el cese del servicio aplicando la ordenanza. La Corte considera que el municipio debe regular lo que tenga que regular, pero con cierta razonabilidad”, expresó Nallar.
 

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El fallo generado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a favor de las empresas de telefonía celular causó un gran malestar a un gran sector de la comunidad de la ciudad de Gral. Güemes.
Sobre este nuevo fallo, la señora Leonora Fenoglio de Palacios, quien fue la que inició hace más de una década una lucha para la erradicación de las antenas por considerarlas nocivas para la población, siendo su familia la principal víctima por muerte de cáncer, manifestó: “Me sorprendió y me preocupó mucho junto a los vecinos. De todas maneras nosotros hablamos con gente de la Justicia y estamos con un amparo que se presentó hace dos años, justo nos llamaron para el día 15 al Juzgado Federal que según nos comentan es favorable a nosotros. Para este fallo de la Nación los jueces solo tomaron en cuenta lo que ganan o dejan de ganar las empresas, nunca tuvieron en cuenta lo que le pasa a la gente. Vieron la parte técnica pensando si las empresas van a gastar mucho, preocupándose por ellos más que por nosotros. En el amparo se presentaron los certificados médicos de las personas afectadas con cáncer, demostrando todas sus dolencias, una carpeta con los antecedentes de las personas lamentablemente fallecidas, la Justicia nacional no pensó en el principio precautorio que es tan importante para este caso. El 15 nos vamos a presentar en el Juzgado Federal y la Corte Suprema tendrá que rever todo esto. No es posible que tres personas que no viven aquí decidan por la gente. Esta es una población que tiene muchísimos problemas. No quiero imaginar que las antenas regresen al mismo sitio donde fueron sacadas. Parecía una lucha ganada con fallos dados y que solo debían hacerlos cumplir. Esperemos que el lunes 15 tengamos algo más claro cuando nos presentemos en el juzgado”, manifestó la señora de Palacios.
Por otro lado, Daniel Nallar, en representación de la parte legal del municipio de Gral. Güemes, expresó: “Todos coincidimos y estamos en la misma sintonía con respecto de asegurar una protección tanto a la salud como al ambiente. Lo que pasó en este fallo es que la empresa Telefónica demandó al Concejo Deliberante de la ciudad de Gral. Güemes, no a la Municipalidad ni al Departamento Ejecutivo, sino que fue un pedido de declaración de inconstitucionalidad sobre una ordenanza que establece que las antenas de telefonía celular tienen que establecerse a más de 500 metros de la última urbanización existente en Güemes, debían buscar un espacio que reúna esa condición para realizar el traslado. La Corte Suprema de Justicia hace lugar a esa acción de inconstitucionalidad debido a que Telefónica logra probar que a esa distancia, donde ordenan el traslado, impediría prestar el servicio en determinados sectores. Estaríamos hablando de que las antenas estarían a 7 km del centro de la ciudad de Güemes. Telefónica demuestra que a esa distancia es imposible llegar y quedarían sin servicios lugares como la comisaría, el hospital, centros de salud, la municipalidad, algunas escuelas, que son lugares donde la comunicación es fundamental. Esto fue tenido en cuenta por la Corte para decir que no era conveniente el cese del servicio aplicando la ordenanza. La Corte considera que el municipio debe regular lo que tenga que regular, pero con cierta razonabilidad”, expresó Nallar.
 

Un poco de historia en fallos contra la empresa

El fallo de Bavio fue apelado y llevado hasta la Cámara de Apelaciones, quien también dio su fallo positivo a favor de la salud de la gente en el año 2015. De acuerdo a lo ordenado por el juez, las antenas deberían buscar un lugar alejado del sector urbano para reinstalarse, sin embargo pasarían dos años hasta que el fallo se comenzara a cumplir con lo ordenado por el Juzgado Federal. Las empresas de telefonía celular que fueron intimadas a reubicar sus antenas para celulares lejos del ejido urbano, siempre se negaron a acatar la media e iniciaron acciones de inconstitucionalidad de estas normas, aduciendo que los municipios no tienen competencia para regular la instalación de una antena. Sin embargo el juzgado federal rechazó esta acción de inconstitucionalidad. Lejos de quedarse con este primer revés legal, las empresas apelaron ante la Cámara. En esta nueva instancia también tuvieron un fallo en contra; la apelación fue rechazada a cada una de las empresas que habían realizado una presentación similar. Las empresas se mantuvieron en incumplimiento de la ordenanza local hasta el 2017. El día 29 de noviembre de ese año, se resuelve la clausura de las instalaciones ubicadas en calle Saravia 51, acción que derivará en el traslado efectivo de la antena por parte de Telecom, no así por parte de Telefonía, que llevó la demanda hasta una instancia superior apelando ante la Corte Suprema.
 

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