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Crearán un registro de padres obstructores de vínculos

Son los que están al cuidado del hijo e impiden que el otro padre pueda verlo.
Viernes, 15 de mayo de 2020 03:08

El Senado provincial otorgó ayer media sanción a un proyecto de ley que impulsa la creación en la provincia de Salta de un registro de obstructores de vínculos familiares para que funcione en forma conjunta con el registro de deudores alimentarios en el ámbito del Poder Judicial.

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El Senado provincial otorgó ayer media sanción a un proyecto de ley que impulsa la creación en la provincia de Salta de un registro de obstructores de vínculos familiares para que funcione en forma conjunta con el registro de deudores alimentarios en el ámbito del Poder Judicial.

La iniciativa legislativa, que impulsó la senadora por La Caldera, Silvina Abilés, considera "obstructores de vínculo con los hijos a aquellas personas que tiene el cuidado personal, padres o tutores, que impiden el vínculo con los hijos al progenitor no conviviente (papá o mamá) o a los abuelos, habiendo una orden judicial de cumplimiento de régimen de comunicación a favor del padre (papá o mamá) o abuelos, que a requerimiento judicial no hayan cesado con la actitud obstructiva".

La inscripción en el registro o su baja se hará solo por orden judicial, ya sea de oficio o a petición de parte. El proyecto de ley, que pasó a Diputados en revisión, establece una serie de atribuciones y obligaciones.

Entre ellas, llevar un listado de todos los progenitores que obstruyan el vínculo de los hijos con el progenitor o familiar, que tengan una resolución judicial de régimen de comunicación. Determina que en el listado deberá constar el nombre, apellido, documento de identidad, domicilio, nacionalidad, ocupación, número de expediente judicial y juzgado interviniente.

Asimismo, extender en forma gratuita certificados de inclusión o de no inclusión en el registro de obstructores de vínculo con los hijos, ante requerimiento de cualquier persona física o jurídica de carácter público o privado. También que se lleve un listado completo y actualizado de los obstructores de vínculo con los hijos.

El proyecto también obligará a organismos del Estado provincial a comunicar al juez que corresponda las altas, bajas y modificaciones que se produzcan, según el sistema de contrataciones, el régimen de personal o cualquier otro tipo de relación con las personas incluidas en el registro creado por esta ley, y se invitará a los municipios a adherir a las exigencias.

"Si bien el impedimento de contacto es un delito penal, se debe tener en cuenta el grave daño que significa para el menor, así como es importante que se cumpla con la cuota alimentaria, también es esencial que se cumpla con el régimen de visita, del acercamiento con la mamá, el papá o los abuelos, y por ello esta propuesta de un registro de obstructores, que seguramente será materia de distintas sanciones en caso de incumplimiento, las que serán levantadas en la medida que se deponga la actitud", fundamento la senadora Abilés.

Con respecto a sanciones, la legisladora recordó que a los deudores alimentarios, por ejemplo, se les impide asistir a espectáculos públicos, a salir del país, a acceder a un registro de conducir, y dijo que será materia de ir reglamentando cuáles serán las sanciones para los obstructores de vínculos familiares. "No podemos negar el grave daño psicológico que significa para un menor no poder estar en contacto con sus padres; los problemas judiciales entre mayores deben quedar entre ellos y no usar a los niños como botín de guerra", sostuvo la senadora Abilés.

Pegó en el palo

En la sesión de ayer, el senador por Rosario de la Frontera, Javier Mónico, pidió preferencia de tratamiento para la próxima sesión del DNU 255/20, con dictamen o sin dictamen. Tras un cuarto intermedio, que fue solicitado por el senador oficialista por La Poma, Dani Nolasco, el legislador rosarino retiró su propuesta.

El DNU 255/20 contiene medidas relacionadas con la cuarentena por la pandemia del coronavirus y fue objeto de cuestionamientos por facultades que otorga a efectivos y a la cabeza de la Policía provincial.

Organismos de derechos humanos advirtieron que con este DNU se posibilita a la Policía provincial arrestos y condenas, sin intervención de la Justicia, a quienes no cumplen el aisla miento obligatorio.

 

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