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Polémica por un fallo que anuló una condena por abuso sexual

Franco Nicolás Wilde había sido considerado culpable en mayo. La pena de seis años era por un hecho que ocurrió en Año Nuevo de 2019.
Jueves, 29 de julio de 2021 01:38

La Sala II del Tribunal de Impugnación dio marcha atrás con una sentencia por violación que se había considerado como un precedente importante en el tratamiento de la violencia de género a nivel provincial. Los jueces Guillermo Polliotto y Pablo Arancibia ordenaron liberar a Franco Nicolás Wilde, quien había sido denunciado y condenado a seis años de prisión efectiva por un abuso sexual cometido en una fiesta en 2019.

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La Sala II del Tribunal de Impugnación dio marcha atrás con una sentencia por violación que se había considerado como un precedente importante en el tratamiento de la violencia de género a nivel provincial. Los jueces Guillermo Polliotto y Pablo Arancibia ordenaron liberar a Franco Nicolás Wilde, quien había sido denunciado y condenado a seis años de prisión efectiva por un abuso sexual cometido en una fiesta en 2019.

En mayo pasado la Sala V del Tribunal de Juicio encontró culpable a Wilde, acusado por el abuso sexual a una chica que tenía 17 años cuando ocurrieron los hechos.

Franco Nicolás Wilde tenía 18 años el 1 de enero de 2019, cuando se encontró a una chica que conocía en una fiesta de Año Nuevo que se realizó en instalaciones de la Asociación Tradicionalista Gauchos de Güemes. La víctima denunció, y la Justicia había dado por probado, que esa madrugada se besaron en el baño del predio pero que luego ella se negó a continuar.

La condena a Wilde se tomó como un antecedente importante porque la Justicia había considerado que “no es no”. “Una mujer puede querer estar con un hombre, besarse y tocarse, pero otra cosa es querer una relación sexual. Esa noche su ‘no’ fue categórico y contundente. Sin embargo Wilde avanzó y no respetó ese no”, dijo María Eugenia Yaique, abogada de la víctima.

La abogada destacó que había pruebas para sostener la sentencia, más allá del relato de la adolescente. “No solo la víctima fue constante y congruente en lo que dijo, sino que además existen muchos otros elementos que vienen a reforzar sus dichos. Los psicólogos dijeron que no miente, que fue dañada y que tuvo estrés postraumático. La médica del CIF (Cuerpo de Investigadores Fiscales) que dijo que su himen fue desgarrado. Los médicos que encontraron fluidos seminales de Wilde en el cuerpo de la víctima. Peritos informáticos que comprobaron que Wilde armó un grupo de WhatsApp para ponerse de acuerdo con otras personas sobre lo que tenían que decir en el juicio”, señaló.

La abogada agregó que “llama poderosamente la atención la rapidez para resolver” de los jueces Polliotto y Arancibia y dijo que estas decisiones suelen tomar años. “El Tribunal de Impugnación viene a poner en duda no solamente que Wilde sea culpable, sino también el grado de convicción y certeza que pudo adquirir el Tribunal de Juicio, que durante 20 días vio y escuchó a más de 30 testigos, al imputado, a la víctima, a los médicos del CIF, a los peritos psicólogos, los peritos informáticos... Es un antecedente peligroso para la seguridad jurídica y un fallo machista”, sostuvo.

 

"Elementos de convicción"

El Tribunal de Impugnación, en una decisión que se conoció ayer, consideró que los jueces que condenaron a Franco Nicolás Wilde “no contaban con elementos de convicción suficientes para fundar el estado de certeza que se requiere en esta instancia del proceso penal para condenar”. Con ese argumento, lo absolvieron por el beneficio de la duda y ordenaron liberarlo. Wilde, de 20 años, se encontraba en la cárcel local.

"Nos encontramos ante una duda insuperable, ya que solo se cuenta con el relato de la denunciante y la negativa del acusado, es decir, con la palabra de uno contra la del otro, sin que nada incline la balanza en algún sentido", manifestaron Guillermo Polliotto y Pablo Arancibia en el fallo.

Juan Casabella, abogado del acusado, había apelado la condena. Entre sus argumentos, planteó que la víctima dio versiones “contradictorias” a lo largo del proceso judicial. También consideró que la joven había accedido a un “trato sexual” porque fue al baño del predio con el acusado y trató de demostrar que se trató de una relación sexual consentida. 

Desde la defensa de la víctima respondieron que ella nunca negó haber ido a ese lugar, pero que eso no justifica que el acusado avanzara en el acto sexual pese a la clara negativa que ella expresó. 

A partir de la revocación de la sentencia, corren 10 días para imponer un recurso de inconstitucionalidad. Si el Tribunal de Casación lo deniega, se puede presentar un recurso de queja ante la Corte de Justicia de Salta y la instancia siguiente sería la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Desde la defensa de la víctima adelantaron la decisión de apelar en todas las instancias.

El primer fallo

El 7 de mayo de 2021, los jueces de la Sala V del Tribunal de Juicio condenaron a Wilde por resultar “autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal” luego de evaluar todos los elementos de prueba.

También revocaron el beneficio del arresto domiciliario al que había accedido el acusado durante la etapa de investigación y ordenaron su inmediata detención y traslado a la Alcaidía General. 

Los magistrados además ordenaron que se le realizara a Wilde un examen genético (ADN) para su incorporación al Banco de Datos Genéticos.
El tribunal colegiado estuvo integrado por la jueza Mónica Faber (presidenta), Marcelo Rubio y Gabriela Romero Nayar (vocales).

La causa y el proceso judicial

El 7 de enero de 2019 la fiscal penal de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual en feria, María Luján Sodero Calvet, inspeccionó las instalaciones de la Agrupación Tradicionalista Gauchos de Güemes, en la Circunvalación Oeste. La funcionaria hizo una recorrida del sitio donde se desarrolló la fiesta de Año Nuevo.

Durante el proceso judicial también se recogieron testimonios de amigas de la víctima, que aseguraron que esa madrugada les contó lo que había pasado, que estaba muy angustiada por lo ocurrido y que tenía manchas de sangre. 

La defensa de la denunciante había pedido 10 años de condena para el acusado, mientras que la fiscalía había requerido siete.
 

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