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La Corte de Justicia de Salta resolvió intervenir en el caso del niño de tres años de Las Lajitas cuya restitución al progenitor, con destino al sur del país, había generado una fuerte conmoción social y una movilización vecinal en esa localidad del departamento Anta. En un fallo dictado durante la feria judicial, el máximo tribunal provincial hizo lugar a la queja presentada por la Asesoría de Menores e Incapaces de Anta y frenó la ejecución inmediata del traslado del menor.
La decisión de la Corte se produjo luego de que la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial denegara un recurso de inconstitucionalidad. Ante esa negativa, la asesora de menores acudió en queja al alto tribunal, denunciando arbitrariedad en el pronunciamiento de la Cámara y solicitando la intervención urgente para resguardar la integridad física y emocional del niño.
El pedido formulado por el progenitor
El conflicto se reactivó a partir de un pedido formulado por el progenitor ante la justicia salteña para llevar al niño 27 días a la ciudad de Rosario, Santa Fe, bajo el argumento de un viaje vacacional. Sin embargo, tanto el defensor oficial como la Asesoría de Incapaces advirtieron que esa solicitud encubría la restitución definitiva del menor a Tierra del Fuego, ordenada por un Juzgado de Familia de esa provincia, donde el padre sostiene que se encuentra el "centro de vida" del niño.
Ese exhorto judicial fue recibido el 18 de diciembre por el Juzgado en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia con asiento en Joaquín V. González. No obstante, la justicia salteña había señalado que el cumplimiento inmediato de la restitución podía vulnerar gravemente el interés superior del niño, especialmente en el contexto de una causa por violencia familiar en la que el progenitor se encuentra denunciado.
En su análisis, la Corte de Justicia consideró que existen fundamentos suficientes para aplicar el artículo 297 del Código Procesal Civil y Comercial, lo que habilita un control de constitucionalidad sobre lo actuado hasta el momento. En consecuencia, declaró "mal denegado" el recurso interpuesto con anterioridad y ordenó la remisión íntegra de los expedientes para analizar el fondo de la cuestión antes de adoptar una decisión definitiva. El fallo implica, en los hechos, la suspensión de cualquier medida inmediata de traslado del niño fuera de la provincia, hasta tanto el máximo tribunal evalúe si las decisiones adoptadas respetaron los estándares constitucionales y convencionales de protección de la infancia.
Un caso atravesado por la violencia
La intervención de la Corte se conoció horas después de que vecinos de Las Lajitas se manifestaran el martes frente al domicilio de la madre del niño, para impedir que el menor fuera retirado con el auxilio de la fuerza pública. La figura de un viaje vacacional de 27 días a Rosario fue interpretada por la defensa oficial y la Asesoría de Incapaces como una "restitución encubierta".
En el marco de la causa por violencia familiar, tanto el defensor público civil, Ángel Virgilio Varela, como la asesora de incapaces, María Susana Zenzano Poma, advirtieron que permitir la salida del niño de Salta implicaba un riesgo grave, ya que alteraría de manera abrupta su entorno, su rutina, su escolaridad y su vínculo con la figura de apego principal. Según actuaciones, en audiencias de noviembre y diciembre se acreditaron hechos de violencia contra la madre y el niño, con secuelas psicológicas persistentes.