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26 de Junio,  Salta, Centro, Argentina
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El gobernador Urtubey no conoce la Ley de Etica Pública

Lunes, 03 de junio de 2013 12:15
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“El diario del senador Juan Carlos Romero me acusa falsamente de usar un chip que está a mi nombre, cuando él usaba el helicóptero de la Provincia para pescar”, le dijo el miércoles 22 de mayo el precandidato a senador nacional del oficialismo y hermano del Gobernador, Rodolfo Urtubey, a El Intransigente. Dos días después, el viernes 24 de mayo, usó el helicóptero de la Provincia para hacer campaña.

Después de dar su discurso en la localidad quesera de Amblayo, el exdirector del Fondo de Reparación Histórica, sin cargo en el actual Gobierno provincial, aceptó el aventón de su hermano en la aeronave oficial número de serie 53629, que está registrada bajo el dominio LV-BBP. Es lo que se llama usar los medios y recursos del Estado para beneficiar al candidato oficial.

Después de la irrefutable prueba publicada por El Tribuno llegó la contestación oficial. De nuevo, por medio de El Intransigente que tituló: “­Otra vez arroz! El Gobierno de Salta desmiente nuevamente al Diario El Tribuno de J.C Romero”, tratando de desacreditar a este medio. En realidad no se desmintió la información, sino que se confirmó lo que la foto explicaba sin palabras. “La vuelta sí la hizo con el Gobernador en helicóptero, quien llegó solo a la localidad a inaugurar la fábrica social en vuelo oficial, y a posterior lo invitó a regresar a él y su secretario, facultad que, por cierto, tiene el Gobernador, por lo cual es falsa la nota sobre la utilización de la aeronave para campaña política”, dijo el Coordinador de Gabinete del Gobierno de Salta, a cargo del ministro de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, Carlos Parodi. ¿Es falsa? Como vemos, de ida o de vuelta, el candidato oficial utilizó los recursos del Estado para hacer campaña.

Pero faltaba la palabra del primer mandatario de Salta. El 29 de mayo dijo: “De ahí me fui a Amblayo en donde Rodolfo y otros funcionarios, dirigentes y amigos fueron en camioneta. A la vuelta, me lo traje porque tenía lugar en el helicóptero, pero el helicóptero me transporta a mí. Ahora bien, no hay ninguna orden que me diga a mí que el Gobernador no puede subir a nadie al helicóptero en donde se mueve, me parece tan ridícula la acusación. Típico de lo que hace el diario de Romero”. Donde dice “Rodolfo y otros funcionarios” hay que aclarar, para no confundir al lector, que el hermano de Urtubey no tiene cargo en la función pública.

Por otra parte, sí hay una “orden que le dice al Gobernador” que no puede subir a cualquiera en el helicóptero de la Provincia. Se trata de la Ley Nacional de Etica Pública.

Las provincias que se adaptaron a la legislación nacional no fueron muchas, además de Salta, también lo hicieron Córdoba, Santa Fe, Tierra del Fuego y Chaco.

Gracias a eso, en esos distritos, se permite un libre acceso a las declaraciones juradas de sus funcionarios.La ley nacional N§ 25.188, conocida como Ley Nacional de Etica Pública, fue promulgada el 26 de octubre de 1999. Habla de los “deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías”.

El Capítulo 2 define los deberes y pautas de comportamiento ético. El inciso “C”, del Artículo 1§ indica que el funcionario tiene que “velar en todos sus actos por los intereses del Estado, orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando de esa manera el interés público sobre el particular”. En el inciso “D” impone “no recibir ningún beneficio personal indebido vinculado a la realización, retardo u omisión de un acto inherente a sus funciones, ni imponer condiciones especiales que deriven en ello”.

Sin embargo, la parte más contundente del texto legal se encuentra en los incisos “F” y “G”, del mismo artículo. “Proteger y conservar la propiedad del Estado y sólo emplear sus bienes con los fines autorizados. Abstenerse de utilizar información adquirida en el cumplimiento de sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales o de permitir su uso en beneficio de intereses privados”, dice. “Abstenerse de usar las instalaciones y servicios del Estado para su beneficio particular o para el de sus familiares, allegados o personas ajenas a la función oficial, a fin de avalar o promover algún producto, servicio o empresa”, agrega el otro inciso.

Es difícil no ver la evidente tipificación que significó el uso del helicóptero de la Provincia por parte del hermano del Gobernador en la frase que dice: “Abstenerse de usar las instalaciones y servicios del Estado para su beneficio particular o para el de sus familiares”.

Ante esos casos, el artículo 3§ de la misma ley dice textualmente que “todos los sujetos comprendidos en el artículo 1º deberán observar como requisito de permanencia en el cargo, una conducta acorde con la ética pública en el ejercicio de sus funciones. Si así no lo hicieren serán sancionados o removidos por los procedimientos establecidos en el régimen propio de su función”. Como vemos, parecen infundadas las declaraciones del mandatario donde opina que no hay ninguna orden que le diga a él, el Gobernador, que “no puede subir a nadie al helicóptero en donde se mueve”. Bueno, sí la hay.

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