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Juan Arce. General Gemes
Me jubilé hace unos meses y realmente estoy disconforme con mi haber. Aporté casi 40 años, en FF.CC. y en la Municipalidad y como jubilado estoy ganando el 40% de mi sueldo activo. ¿Qué sugiere hacer?
Buen día Juan: sugiero que revise cómo se realizó el cómputo de su jubilación. Sería necesario estudiar el detalle del beneficio de jubilación para darle una respuesta más ajustada. Lo cierto es que nuestra ley de jubilaciones no paga un porcentaje fijo (tasa de sustitución), sino que es variable, de acuerdo a los años aportados. Además los jubilados reciben un monto fijo, llamado prestación básica universal (PBU), hoy equivalente a $7.215. Esto implica que los trabajadores con salarios más altos reciben porcentajes menores.
Se debe revisar qué remuneraciones se han utilizado para el cómputo de su haber de jubilación. Recuerde que solo se toman los montos remunerativos sujetos a aportes de la seguridad social. Otra alternativa es que en los registros de Anses no figuren la totalidad de sus aportes y que el cálculo se haya realizado con menos cantidad de años aportados. Se puede hacer el reclamo administrativo y será importante que cuente con certificaciones de servicios o recibos de sueldo.
Elena Flores. Metán.
Mi esposo falleció hace dos semanas. Vivimos juntos 32 años, pero nunca nos casamos. Él estaba jubilado y estoy preocupada porque no tengo trabajo y no sé cómo tramitar la pensión.
Buen día Elena. Lamento mucho la situación que debe estar pasando. Ud. claramente tiene derecho a la pensión. A las y los convivientes les corresponde la pensión, en este caso derivada, si acreditan cinco (5) años de convivencia previos al fallecimiento; en caso de tener hijos en común el plazo se reduce a dos (2).
Aunque las oficinas de Anses continúan cerradas al público, estimo que en unos días comenzarán a citar. Se trata de diversas prestaciones que se pueden solicitar a través de la página del organismo.
Tenga presente que para que pueda tramitar su pensión por el esquema virtual, con la clave de la seguridad social, será necesario que tanto el fallecimiento de su esposo como la relación de convivencia previsional estén ambos registrados en los sistemas de Anses. De otra forma deberá esperar para pedir un turno de pensión derivada.
Alfredo Méndez (capital)
Soy jubilado, pero quiero cambiarme a otro banco para cobrar. ¿Cómo puedo hacer el trámite?
Buen día Alfredo: en principio se puede pedir el cambio a cualquiera de las entidades bancarias habilitadas por Anses para efectuar los pagos.
La alternativa que tiene para hacerlo hoy es a través de internet en www.anses.gob.ar, sección "Mi Anses". Tenga presente que necesitará clave de la seguridad social "nivel 3", es decir, una clave que haya sido habilitada oportunamente en una oficina de Anses.
De no contar con la clave deberá esperar que las oficinas de Anses retomen su actividad con turnos. Una vez solicitado el cambio de banco, se hace efectivo entre 30 y 60 días después. Si lo hace durante este mes de junio, en agosto ya podrá cobrar en el banco que eligió.
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