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Domingo, 14 de diciembre de 2025 00:58
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Carlos Negrete: mi hermano tiene VIH positivo. Tengo conocimientos de que hay una positividad para jubilarlo, me podría informar.

Buen día Carlos. Su hermano quizás pueda acceder a esta jubilación que surge de una ley reciente, la Ley 27.675 de junio de 2022. Establece, además de una pensión no contributiva, una jubilación para personas con VIH y/o Hepatitis B o C. Los requisitos son: haber cumplido 50 años de edad, acreditar 20 años de servicios con aportes (podrán incluirse servicios a través de los planes de regularización vigentes) y finalmente acreditar 10 años de antigüedad en el diagnóstico al momento de solicitar el beneficio. El trámite puede realizarse en ANSES sin necesidad de un turno previo.

Ramón Hidalgo: ingresé grande en salud pública. Tengo 15 años aportados y 58 de edad. Como podría hacer para regularizar. Me gustaría llegar a mis 65 años con los 30 de aportes para jubilarme.

Buen día Ramón. En primer lugar, habría que hacer una proyección de sus aportes al momento de cumplir los 65 años. Debiera llegar con 22 años de servicios con aportes. Hay que regularizar los 8 (ocho) que le faltan para alcanzar el requisito de 30. Considero que la mejor alternativa es "comprar" mediante la moratoria Ley 24.476 el máximo posible, es decir 7 años y 8 meses. Esta moratoria que le permite cancelar deudas desde 1985 a 1993 es realmente muy económica y podría tener un costo aproximado de $6.500, la totalidad. Realmente un valor irrisorio. Solamente le estarían faltando 4 meses de aportes. Veo dos posibilidades que trabaje unos meses más allá de los 65 años o bien que acceda al esquema de regularización de la Ley 27.705 por un valor de $33.294.

Estela Cardozo: trabajo en una Municipalidad de Rosario de Lerma. Tengo 60 años pero no alcanzo a los 30 años aportados, me faltan tres (3). En personal quieren obligarme a que ingrese en una moratoria y a mí no me parece. Yo quisiera seguir hasta los 65 porque tengo un hijo que estudia afuera.

Buen día Estela. Los planes de regularización de aportes (moratorias) son de carácter voluntario, es decir que su empleador no puede forzarla a acceder. De todas formas, aún si Ud. tuviera 30 o más años de servicios con aportes puede optar por permanecer trabajando hasta los 65 años. Dice el artículo 19º de la Ley 24.241: "Tendrán derecho a la prestación básica universal (PBU) y a los demás beneficios establecidos por esta Ley, los afiliados:

a) Hombres que hubieran cumplido sesenta y cinco (65) años de edad.

b) Mujeres que hubieran cumplido sesenta (60) años de edad.

c) Acrediten treinta (30) años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes comprendidos en el sistema de reciprocidad.

En cualquiera de los regímenes previstos en esta ley, las mujeres podrán optar por continuar su actividad laboral hasta los sesenta y cinco (65) años de edad."

Ud. debe presentar una nota a la oficina de personal haciendo explícito que va a ejercer la opción del artículo 19º de permanecer trabajando hasta los 65 y de ninguna manera acceder a una moratoria.

Margarita Sosa: tengo 63 años y llevo años trabajando en el CONICET, antes fui docente en la UNAS. Quisiera que me aclare las condiciones para acceder a la jubilación para investigador científico.

Buen día Margarita. El régimen para investigadores científicos y tecnológicos (Ley Nº 22.929 y modificatorias), comprende al personal que realice actividades técnico científicas de investigación o desarrollo y de dirección con dedicación exclusiva en algún organismo nacional integrante del Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología (CICYT). Por ejemplo, el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), entre otros. También está incluido el personal docente que se desempeñe en las Universidades Nacionales con dedicación exclusiva, plena o de tiempo completo y que realice actividades técnico científicas de investigación o desarrollo y de dirección.

Requisitos de edad: 65 años para los varones y 60 años para las mujeres. Servicios: 30 años de servicios, de los cuales deben acreditarse al menos 15 años continuos o 20 discontinuos en actividades específicas, en uno o varios de los organismos mencionados. El haber de jubilación es equivalente al 85% del sueldo del cargo de investigador científico y tecnológico vigente a la fecha de cesación.

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