Si estabas en el padrón y no votaste este 26 de octubre de 2025, podés quedar registrado en el Registro de Infractores al Deber de Votar. Para evitar multas y otras sanciones tenés 60 días desde la elección para justificar la ausencia o —si corresponde— pagar la multa siguiendo los procedimientos oficiales.
¿Es obligatorio votar y quiénes están exentos?
El voto es obligatorio para los ciudadanos argentinos mayores de 18 y menores de 70 años; son exentos (optativos) el voto de quienes tienen 16 y 17 años y el de los mayores de 70, entre otras excepciones contempladas por la ley. Si no votás siendo obligado, tenés que justificar la falta o afrontar las consecuencias previstas legalmente.
¿Qué pasa si no fui a votar? — consecuencias principales
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Ingreso en el Registro de Infractores al Deber de Votar. Quienes no sufraguen y no justifiquen su ausencia quedan registrados como infractores.
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Multa económica. El monto varía según la cantidad de faltas previas: siempre conviene verificar el importe exacto en el sistema oficial. infractores.padron.gob.ar
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Restricciones administrativas. La falta de regularización puede implicar limitaciones para realizar ciertos trámites ante organismos públicos (renovación de DNI, gestión de pasaporte, inscripción en programas o trámites con el Estado) hasta tanto se acredite la justificación o se pague la multa.
Nota importante: los importes y medidas concretas pueden variar por resoluciones de la Cámara Nacional Electoral o por decisiones administrativas provinciales: siempre consultá el sistema oficial para obtener tu boleta y monto exacto.
Cómo evitar sanciones: pasos para justificar la ausencia (plazo, dónde y cómo)
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Plazo: tenés 60 días desde el día de la elección para presentar la justificación (es decir, desde el 27 de octubre hasta el 25 de diciembre de 2025, inclusive).
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Cómo justificar (opción recomendada — online): entrá al sitio oficial del Registro de Infractores: infractores.padron.gob.ar. Ahí podés consultar tu estado (si figurás como infractor) y cargar la justificación digital con el DNI y las pruebas que correspondan.
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Documentación válida: ejemplos de causales y pruebas aceptadas:
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Certificado médico que justifique incapacidad ese día.
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Comprobantes de viaje (pasajes, sellos, constancias policiales) si estabas a más de 500 km del lugar de votación.
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Certificados de autoridad de mesa, servicios esenciales en actividad, o de fuerzas de seguridad/servicios públicos en funciones.
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Para residentes en el exterior: la Cancillería explica el trámite y la posibilidad de justificar desde consulados o por la vía online si tu DNI figura con domicilio en Argentina.
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Cómo pagar la multa (si corresponde) y regularizar tu situación
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Consulta primero: ingresá a infractores.padron.gob.ar y buscá tu número de documento para saber si figurás como infractor y cuál es el monto asignado.
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Generar boleta de pago: el sistema permite generar la boleta para pago en Banco Nación (o los canales habilitados) —una vez abonada la multa, la información se actualiza en el sistema en aproximadamente 48 horas—. También existen opciones de pago online según lo indique la plataforma.
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Conservá el comprobante: si pagás en sucursal guardá el recibo; si pagás online, descargá la constancia: puede ser requerida ante alguna diferencia o reclamo.
¿Cuánto es exactamente la multa? (lo que tenés que saber)
Variable según antecedentes: el Código Electoral y las acordadas de la Cámara Nacional Electoral establecen que el monto depende de la cantidad de inasistencias y de las resoluciones vigentes. Ejemplos recientes muestran desde montos simbólicos (ej.: $50) hasta ajustes informados para 2025 que ubican la sanción en rangos superiores (alrededor de $1.000–$2.000) según cada caso y resolución administrativa. Por eso lo correcto es consultar tu boleta personal en el sitio oficial.
Consejos prácticos (rápido, accionable)
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Si no fuiste a votar, no esperes: ingresá al sitio oficial (infractores.padron.gob.ar) y consultá tu estado; si figurás como infractor, iniciá la justificación o generá la boleta para pagar.
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Tené a mano DNI, comprobantes médicos o de viaje y el comprobante de pago si abonás la multa.
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Si vivís en el exterior y tu domicilio figura en el padrón argentino, consultá la guía de Cancillería para justificar vía consulado o por la plataforma habilitada.