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Operación Roca: una prueba de fuego marcada por tensiones

Por un lado, la urgencia de combatir el narcotráfico y el crimen organizado.Por el otro, el temor a posibles vulneraciones de derechos y garantías.
Lunes, 01 de septiembre de 2025 00:00
Tropas militares movilizadas hacia la frontera norte de Salta en el marco de la Operación Roca.
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La Operación Roca, dispositivo militar que el Ministerio de Defensa puso en marcha en la frontera norte de Salta el pasado jueves, entró en la fase ejecutiva con su base normativa reafirmada por fallos judiciales.

Con una acción de hábeas corpus preventivo, el pasado 26 de mayo organizaciones nucleadas en la Mesa de Derechos Humanos de Salta habían solicitado la declaración de inconstitucionalidad de los instrumentos con que el gobierno nacional habilitó el despliegue militar en las fronteras del NOA y NEA. En esa presentación, pidieron al Juzgado Federal de Orán que ordene al Ejecutivo nacional abstenerse de aplicar las reglas de empeñamiento militar e instrumentos que permita a las Fuerzas Armadas detener civiles, para evitar vulneraciones de derechos y garantías constitucionales, sobre todo de ciudadanos que en la zona de frontera se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Aquella acción fue desestimada el pasado 11 de junio por el juez federal de Orán, Gustavo Montoya, y su fallo fue confirmado por la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, el 10 de julio. El tribunal, al rechazar el recurso de apelación interpuesto contra el fallo de primera instancia, determinó que la acción no era formalmente procedente, dado que las amenazas invocadas no aparecían de "una naturaleza y entidad tal que hagan presumir que la libertad de las personas" se encuentre "en peligro grave". Los jueces Mariana Inés Catalano, Guillermo Elías y Alejandro Castellanos tampoco valoraron que exista en el marco normativo de la Operación Roca "una amenaza que requiera habilitar un recurso excepcional como el hábeas corpus". Si bien Castellanos concordó en la improcedencia del hábeas corpus, hizo crítica observaciones sobre aspectos de la Operación Roca que por estas horas despiertan un mar de interrogantes, incluso en las propias filas del operativo.

Castellanos hizo notar que las Fuerzas Armadas y las federales de seguridad tienen misiones, entrenamientos y equipamientos distintos. Señaló que los soldados están preparados para la defensa ante agresiones externas y no para la seguridad interior ni la prevención de delitos comunes. También remarcó que la identificación de situaciones de flagrancia requiere de una capacitación y un entrenamiento específicos que no es propio de la formación militar.

El camarista recordó que, en fecha reciente, el Congreso aprobó una "ley antimafia" para enfrentar al crimen organizado, sin autorizar la intervención de las Fuerzas Armadas, sino solo la de fuerzas policiales y de seguridad.

La contienda jurídica se planteó y resolvió en momentos en que la Operación Roca aún estaba en "una etapa de preparación logística", como los reflejaron los propios fallos. Hoy, el despliegue militar ya está operativo en Salta, como punta de lanza de una prueba de fuego marcada por tensiones y desafíos sensibles.

Por un lado está la urgencia de combatir el narcotrafico y el crimen transnacional organizado, cuyas consecuencias son tan devastadoras como las de una guerra. Por otro, está el temor ante latentes vulneraciones de principios y garantías constitucionales.

Un analista en seguridad, con formación en el Ejército, fue consultado sobre el contexto en que distintas unidades militares, y en especial las del Regimiento de Infantería de Montaña 28 de Tartagal, serán desplazadas hacia las porosas líneas fronterizas para reforzar las acciones de fuerzas federales de seguridad Respondió que el éxito o fracaso de la guerra declarada contra el crimen organizado dependerá de algunos factores cruciales.

Advirtió que las Fuerzas Armadas llegan a la frontera con 20 años de presupuestos recordados, con chalecos de seguridad y municiones vencidas, Unimoc con 50 años de antigüedad, armamento anacrónico y recursos tecnológicos caídos en la obsolescencia, más allá de algunas incorporaciones.

También recordó que la actuación militar se enmarcará en reglas de empeñamiento -de carácter reservado- que definen cómo responderán los soldado que se encuentren durante un patrullaje frente a grupo narco. Recalcó que en las escuelas militares no se forma para el combate y no sobre el modo de captar evidencias para que puedan ser utilizadas en procesos judiciales sin caer en nulidades.

Control judicial 

Cuando la Operación Roca aún se encontraba en su fase preparatoria, el Juzgado Federal de Orán y luego la Cámara Federal de Apelaciones de Salta desestimaron un hábeas corpus preventivo y rechazaron la declaración de inconstitucionalidad solicitada para la base normativa del despliegue militar en la frontera norte. Los fallos, sin embargo, dejaron marcados los límites de la actuación de las Fuerzas Armadas.    

Montoya: "La narcocriminalidad desintegra al país"

En el fallo con el que desestimó la procedencia del habeas corpus preventivo el pasado 11 de junio, el juez federal Gustavo Montoya remarcó que no advertía que el despliegue de fuerzas militares en zonas de seguridad fronterizas alejadas de áreas urbanas y de los pasos habilitados pueda poner en crisis la libertad ambulatoria de personas con una amenaza que se advierta como "real, verificable y atribuida a una autoridad pública".

El juez federal de Orán, Gustavo Montoya.

El magistrado afirmó que  los estándares de control de legalidad de los actos enmarcados en la Operación Roca se ejercerán  del mismo modo en que lo hace actualmente Poder Judicial respecto de las detenciones que las Fuerzas de Seguridad ejercen, dentro de las 24 horas de ocurridas.

El juez hizo notar que en zonas de frontera las fuerzas de seguridad "están sobrepasadas" y que esa situación marca un dilema de inseguridad. 

 Recordó que el Estado Argentino, a través de tratados internacionales y específicamente del Convenio de Viena, asumió la responsabilidad de que "los distintos estamentos políticos gubernamentales sean firmes en juzgar y prevenir la narcocriminalidad".

Preciso, además, que frente a los delitos en flagrancia el Código Procesal Penal Federal y el Código Procesal Penal de la Nación, facultan -y obligan- a las autoridades a llevar adelante la detención de sus autores. 

Advirtió que la narcocriminalidad y el negocio que ésta genera "desintegra al país", al tiempo que "llega a muchas niñas y niños de todo el territorio argentino", siendo ésta "la nueva guerra que hay que librar" y a las que las instituciones democráticas "deben dar respuesta".

El fallo de la Cámara 

En su fallo del pasado 10 de julio, la Sala II de la Cámara de Apelaciones de Salta determinó que las amenazas invocadas en la acción de habeas corpus preventivo no aparecían de "una naturaleza y entidad tal que hagan presumir que la libertad de las personas en las zonas de frontera del NOA y del NEA se encuentre en peligro grave". El tribunal remarcó, además,  que si en el futuro algún militar comete un abuso o una detención ilegal, ese acto tendrá su "natural remedio en el correspondiente proceso penal".

En su dictamen previo, el fiscal general había puesto en claro que "la actuación del Ejército en la frontera deberá ser ejercida dentro de los márgenes que señala la Constitución Nacional"- 

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