inicia sesión o regístrate.
La Justicia de Salta homologó un acuerdo entre los padres del niño de Las Lajitas cuyo caso había generado una fuerte conmoción social y la intervención de la Corte de Justicia provincial durante la feria judicial. La jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Anta, Patricia Rahmer, avaló el convenio alcanzado entre ambos progenitores, que prioriza el interés superior del niño y dejó sin efecto la restitución interprovincial que había sido ordenada con anterioridad.
El acuerdo establece que la madre quedará a cargo del cuidado personal del niño, fijándose su domicilio como residencia principal, mientras que el padre fijó domicilio para cumplir con el régimen de comunicación y visitas. En ese marco, el progenitor desistió de la acción de restitución iniciada y ambas partes manifestaron su voluntad de ejercer la parentalidad de manera pacífica y colaborativa.
El convenio prevé que la madre facilite el contacto personal del niño con su padre y establece períodos en los que el menor quedará al cuidado del progenitor en otra provincia, además de la distribución de vacaciones y las celebraciones de Navidad y Año Nuevo de 2026. También se acordaron permisos recíprocos de viaje hasta la mayoría de edad del niño.
El acuerdo tendrá una vigencia inicial de dos años y contará durante ese período con acompañamiento psicológico, a cargo de un profesional que deberá elevar informes periódicos a los juzgados intervinientes sobre la evolución del niño y del régimen establecido. Cumplido ese plazo, el convenio será revisado obligatoriamente por la Justicia.
La homologación del acuerdo pone fin, al menos de manera transitoria, a un conflicto que había escalado judicial y socialmente a fines de diciembre y comienzos de enero, luego de la orden de restitución del niño a su progenitor con destino al sur del país, lo que derivó en movilizaciones vecinales en Las Lajitas y en la intervención de la Corte de Justicia de Salta.
El 8 de enero, la Corte de Justicia de Salta resolvió frenar la ejecución inmediata del traslado del niño al hacer lugar a una queja presentada por la Asesoría de Menores e Incapaces de Anta. En un fallo dictado durante la feria judicial, el máximo tribunal priorizó el interés superior del niño de tres años y ordenó revisar lo actuado, al considerar que existían fundamentos para ejercer un control de constitucionalidad.
La intervención de la Corte se produjo luego de que la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazara un recurso de inconstitucionalidad, decisión que motivó la presentación en queja por parte de la asesora de incapaces, quien advirtió sobre el impacto que una restitución inmediata podía tener en la integridad física y emocional del menor.
Restitución frenada por la Justicia
El conflicto se había reactivado a partir de un pedido del progenitor para trasladar al niño durante 27 días a la ciudad de Rosario, bajo el argumento de un viaje vacacional. Sin embargo, tanto la defensa oficial como la Asesoría de Incapaces sostuvieron que se trataba de una restitución encubierta a Tierra del Fuego, provincia donde el padre afirma que se encuentra el centro de vida del niño y desde donde se había emitido el exhorto judicial. El caso estuvo atravesado por una causa paralela por violencia familiar.