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Emiten otros dos bonos por 60.000 millones a dos y cinco años

El Ministerio de Finanzas dispuso la emisión de dos bonos en pesos por 60.000 millones con vencimiento en 2020 y 2023, que se realizarán en uno o varios tramos, según una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial.
Miércoles, 28 de febrero de 2018 09:56

La emisión de los "Bonos de la Nación Argentina en Pesos Vencimiento 2020" por 30.000 millones se realizará el martes próximo y las obligaciones vencerán el 5 de marzo de ese año.
El monto se dispuso hasta un valor nominal de 30.000 millones y la moneda de suscripción puede ser tanto pesos como dólares al tipo de cambio del día hábil anterior al de la apertura de las ofertas de la licitación, indicó la Resolución 29/2018 del Ministerio de Finanzas.
La colocación se llevará a cabo en uno o varios tramos, según lo determine la Secretaría de Finanzas, y la ley aplicable será la argentina.
En tanto, la amortización será íntegra al vencimiento y, en cuanto a los intereses, la tasa nominal mensual es de 1,6012%, calculados sobre la base de meses de treinta días y años de 360 días (30/360).
Respecto del valor nominal actualizado al primer año, el 6 de marzo de 2019 será el máximo entre (a) el valor original más los intereses capitalizados mensualmente entre la fecha de emisión y el 6 de marzo de 2019 exclusive, y (b) el valor original ajustado por CER del período entre el 20 de febrero de 2018 (8,7322) y el décimo día hábil anterior al 6 de marzo de 2019, más la tasa nominal anual del cuatro por ciento (4%). 
Por otra parte, la Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Financiamiento será el Agente de Cálculo. 
Los instrumentos serán negociables y se solicitará autorización para cotizar en el Mercado Abierto Electrónico (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país.
Para la titularidad se emitirán Certificados Globales a nombre de la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros del Banco Central de la República Argentina (CRYL), en su carácter de Agente de Registro de los Bonos.
Los bonos tendrán todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
Los pagos se cursarán a través del Banco Central (BCRA) mediante transferencias de fondos en las respectivas cuentas de efectivo que posean los titulares de cuentas de registro en dicha Institución.
En tanto, el Artículo 2º de la norma dispuso también la emisión de "Bonos del Tesoro Nacional en Pesos con Ajuste por CER 4% Vencimiento 2023", denominados BONCER 2023, por idéntico monto y fecha de emisión que las obligaciones que vencen en 2020.
En el caso de ese bono, el plazo se extenderá 5 años y repite los términos anteriores en cuanto a moneda de suscripción, colocación, legislación y amortización. 
El ajuste de capital del bono será ajustado conforme al CER del período entre los diez días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los diez anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de interés o amortización de capital correspondiente. 
El interés devengará sobre saldos ajustados a partir de la fecha de emisión, a la tasa del cuatro por ciento (4%) nominal anual, pagaderos por semestre vencido los días 6 de septiembre y 6 de marzo de cada año hasta su vencimiento.

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La emisión de los "Bonos de la Nación Argentina en Pesos Vencimiento 2020" por 30.000 millones se realizará el martes próximo y las obligaciones vencerán el 5 de marzo de ese año.
El monto se dispuso hasta un valor nominal de 30.000 millones y la moneda de suscripción puede ser tanto pesos como dólares al tipo de cambio del día hábil anterior al de la apertura de las ofertas de la licitación, indicó la Resolución 29/2018 del Ministerio de Finanzas.
La colocación se llevará a cabo en uno o varios tramos, según lo determine la Secretaría de Finanzas, y la ley aplicable será la argentina.
En tanto, la amortización será íntegra al vencimiento y, en cuanto a los intereses, la tasa nominal mensual es de 1,6012%, calculados sobre la base de meses de treinta días y años de 360 días (30/360).
Respecto del valor nominal actualizado al primer año, el 6 de marzo de 2019 será el máximo entre (a) el valor original más los intereses capitalizados mensualmente entre la fecha de emisión y el 6 de marzo de 2019 exclusive, y (b) el valor original ajustado por CER del período entre el 20 de febrero de 2018 (8,7322) y el décimo día hábil anterior al 6 de marzo de 2019, más la tasa nominal anual del cuatro por ciento (4%). 
Por otra parte, la Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Financiamiento será el Agente de Cálculo. 
Los instrumentos serán negociables y se solicitará autorización para cotizar en el Mercado Abierto Electrónico (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país.
Para la titularidad se emitirán Certificados Globales a nombre de la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros del Banco Central de la República Argentina (CRYL), en su carácter de Agente de Registro de los Bonos.
Los bonos tendrán todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
Los pagos se cursarán a través del Banco Central (BCRA) mediante transferencias de fondos en las respectivas cuentas de efectivo que posean los titulares de cuentas de registro en dicha Institución.
En tanto, el Artículo 2º de la norma dispuso también la emisión de "Bonos del Tesoro Nacional en Pesos con Ajuste por CER 4% Vencimiento 2023", denominados BONCER 2023, por idéntico monto y fecha de emisión que las obligaciones que vencen en 2020.
En el caso de ese bono, el plazo se extenderá 5 años y repite los términos anteriores en cuanto a moneda de suscripción, colocación, legislación y amortización. 
El ajuste de capital del bono será ajustado conforme al CER del período entre los diez días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los diez anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de interés o amortización de capital correspondiente. 
El interés devengará sobre saldos ajustados a partir de la fecha de emisión, a la tasa del cuatro por ciento (4%) nominal anual, pagaderos por semestre vencido los días 6 de septiembre y 6 de marzo de cada año hasta su vencimiento.

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