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Una ley anacrónica que frenará el teletrabajo

Domingo, 09 de agosto de 2020 01:15

La ley que regula el teletrabajo, aprobada por el oficialismo en el Congreso de la Nación, es el nuevo indicio de un país incapaz de adecuarse a las exigencias del mundo contemporáneo, pero también ciego ante las expectativas laborales de las nuevas generaciones y a la catastrófica realidad social. La crudeza de la vulnerabilidad laboral que atraviesa nuestro país ha quedado de manifiesto en esta pandemia. La instrumentación del ingreso familiar de emergencia es la radiografía de la degradación y la destrucción del empleo.

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La ley que regula el teletrabajo, aprobada por el oficialismo en el Congreso de la Nación, es el nuevo indicio de un país incapaz de adecuarse a las exigencias del mundo contemporáneo, pero también ciego ante las expectativas laborales de las nuevas generaciones y a la catastrófica realidad social. La crudeza de la vulnerabilidad laboral que atraviesa nuestro país ha quedado de manifiesto en esta pandemia. La instrumentación del ingreso familiar de emergencia es la radiografía de la degradación y la destrucción del empleo.

La experiencia del teletrabajo es demasiado reciente, ya que fue improvisada con motivo del coronavirus. Es imprudente legislar sobre estos temas antes de realizar una evaluación mínima de resultados; mucho más grave, sancionar una ley restrictiva y sesgada, que recién tendrá vigencia 90 días después de concluida la cuarentena.

El teletrabajo ofrece ventajas al empleador, al trabajador y a la calidad de vida, pero esta ley apunta a abortar su despliegue y es una muestra más del peso distorsivo de intereses anacrónicos.

El texto impone límites a priori sobre cuestiones que los asalariados y la patronal deberán acordar de acuerdo a una nueva realidad tecnológica. La experiencia en otros países y las expectativas expresas de las nuevas generaciones de trabajadores de la Argentina demuestran que son condicionamientos obsoletos.

El incipiente teletrabajo crea la posibilidad de contratos por menos horas, con horarios libres y basados en objetivos a cumplir; hace posible que un empleado o un freelancer puedan manejar con plena autonomía su tiempo, sus inquietudes y su autoformación.

Es claro que el costo tecnológico, en concepto de equipos y conexiones, debe ser asumido por el contratante o empleador. Pero en la sociedad moderna, gran parte de los teletrabajadores prefieren utilizar celulares o equipos de última generación, que aprovechan para otras actividades, y elegir ellos mismos el servicio de conexión. Este punto es materia de un acuerdo personal, y no sindical.

El derecho que se asigna a quienes tienen a su cargo personas mayores, niños o discapacitados para que dispongan de "horarios compatibles con estas tareas o a interrumpir la jornada laboral" es inviable. La vida privada de las personas debe ser resuelta por cada una de ellas y no por la empresa que la contrata.

Lo mismo ocurre con otras ideas imprecisas, o de difícil verificación, como "mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios", "capacitación en nuevas tecnologías", horarios de trabajo y el modo de representación sindical, concebidas en el vacío, sobre un régimen que aún no comenzó a funcionar en condiciones normales.

Prematura y contraproducente resulta que la decisión de realizar el trabajo en domicilio deba ser voluntaria y "reversible en cualquier momento de la relación laboral"; una prueba del anacronismo de toda la ley. Si una empresa se organiza en torno del teletrabajo, el empleado debe adecuarse a esa condición, que no es un capricho sino una tendencia del mundo contemporáneo. Y no puede ser reversible, porque la vida de una empresa no puede quedar sometida a circunstancias personales de cada uno de sus colaboradores.

Contradictoriamente con un país que no impone restricciones a los extranjeros para el acceso incondicional al trabajo ni a los servicios de salud y educación gratuitos, la ley de teletrabajo obstaculiza la contratación de personal no residente en el país. Esta limitación no beneficia a los trabajadores argentinos, sino que perjudica abiertamente la modernización de nuestra economía.

Debe quedar claro: la ley sancionada está concebida con criterios de la primera revolución industrial. Y nuestro país se está quedando afuera de la actual, que es la cuarta revolución industrial.

La destrucción del sistema laboral hace que el 50% de los argentinos dependa hoy de los ingresos que les proporciona el Estado. Es imprescindible, entonces, comenzar por reconstruir la macroeconomía y pensar seriamente en como generar recursos genuinos y trabajo.

Por esto, en el actual contexto, la ley que frena el desarrollo del teletrabajo es absolutamente contraproducente.

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