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Comienzan los cambios para jóvenes en conflicto con la ley

Aunque se prorrogó la entrada en vigencia del nuevo régimen procesal penal para adolescentes, empezarán a aplicarse algunos principios de esta norma.
Viernes, 18 de septiembre de 2020 01:11

Este mes, comenzaron a aplicarse algunos aspectos del régimen procesal de responsabilidad penal para niños, niñas y adolescentes (NNyA), pese a que la vigencia cabal de la Ley N´ 8.097, que prevé una reforma necesaria para los procesos penales que involucran a menores de 18 años, se pospuso hasta el año próximo.

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Este mes, comenzaron a aplicarse algunos aspectos del régimen procesal de responsabilidad penal para niños, niñas y adolescentes (NNyA), pese a que la vigencia cabal de la Ley N´ 8.097, que prevé una reforma necesaria para los procesos penales que involucran a menores de 18 años, se pospuso hasta el año próximo.

Algunos principios previstos por esta normativa se implementarán a las causas iniciadas a partir del 5 de este mes y convivirán con el régimen procesal anterior, tal como lo estipula la Ley N´ 8.207, sancionada semanas atrás por las cámaras legislativas de la Provincia y promulgada por el Ejecutivo el martes pasado.

La asesora general de incapaces, Mirta Lapad, comentó que a partir de ahora tendrán vigencia las garantías fundamentales y los criterios para la defensa técnica que fueron contemplados por la nueva ley, así como lo dispuesto con respecto a adolescentes menores de 16 años, que son inimputables. Los asesores de incapaces deberán intervenir en cualquier causa en la que esté involucrado el interés de NNyA, bajo pena de que se anule el proceso.

A pesar de la prórroga del nuevo régimen procesal, se aplicarán también las medidas socioeducativas y asegurativas del debido proceso y los criterios de oportunidad y vías alternativas de solución del conflicto para causas que involucren a menores de 18 años, entre otras. Lapad explicó que a algunos de estos conceptos los aplicaban los jueces de hecho y ahora lo harán de manera legal.

La asesora general de incapaces observó que, en algunos casos, podía resultar "más gravoso" el proceso para los adolescentes que para los adultos "porque estos principios no se aplicaban".

"Reglas claras"

El nuevo régimen procesal penal juvenil remite al que existe para los adultos, que es el acusatorio, vigente desde 2011. "Hasta ahora, venimos con un proceso mixto, en el que tanto el juez como el fiscal investigan. Este proceso busca ir hacia el acusatorio, según el cual el fiscal investiga y el juez juzga: se delimitan claramente los roles", explicó Lapad.

"Esto establece reglas claras y que el fiscal sea el único que investigue para garantizar la imparcialidad en la toma de decisiones, como sucede con los adultos", planteó la magistrada y consideró fundamental que se cree la estructura para que el Ministerio Público Fiscal pueda llevar adelante esta función de manera adecuada.

Para implementar el nuevo proceso, se deberían designar, al menos, 15 cargos entre fiscales penales juveniles, defensores oficiales y asesores de incapaces.

Lapad consideró que los NNyA involucrados en procesos penales deben tener las mismas garantías y para ellos deben aplicarse los mismos principios que para los adultos, además de tenerse en cuenta el marco normativo específico para esta población, como la Ley nacional N´ 26.061 de protección integral de sus derechos, la Convención sobre los Derechos del Niño y la jurisprudencia existente. "Se necesitaba que ellos tuvieran un sistema menos gravoso que los adultos", advirtió.

Este año se suspendió por segunda vez la entrada en vigencia de la Ley N´ 8.097 del régimen de responsabilidad penal para NNyA, que debía comenzar a aplicarse el 5 de septiembre de 2019.

Según explicó Lapad, el año pasado no estaban previstos los cargos y este año, tampoco. Debido a la pandemia de coronavirus, el Consejo de la Magistratura suspendió los concursos y eso impidió que se generara la nueva estructura para implementar la normativa.

La magistrada explicó que esta ley provincial determina el proceso a través del cual se juzga a NNyA que cometieron delitos penales. La legislación de fondo, que determina en qué tipo de delitos y a qué edad son imputables, entre otras cosas, es competencia del Congreso de la Nación y aún no fue modificada.

Los asesores de incapaces intervienen en cualquier tipo de causas judiciales o extrajudiciales en las que esté involucrado el interés de NNyA, bajo pena de nulidad. Ellos verifican que la defensa técnica sea efectiva y real.

 

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