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La AFIP apeló el fallo que permitía a una persona comprar euros

Miércoles, 17 de octubre de 2012 18:38
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La Justicia Federal de Tierra del Fuego dispuso que la AFIP autorice a una persona radicada en Ushuaia a comprar más de 1.100 euros en el mercado oficial para viajar al exterior, pero el organismo recaudador decidió apelar la medida.

La cautelar -conocida este miércoles- fue dictada por la conjuez subrogante Marcela Tortosa, frente a la ‘inminencia del viaje‘, según publicó el sitio local Sur 54.

Por su parte, el organismo encabezado por Ricardo Echegaray recurrió la resolución que obligaba a la AFIP a autorizar la venta de 1.151,83 euros para un viaje a Italia.

Para el ente recaudador, ‘la apelación se relaciona con que el sistema de Control de Operaciones Cambiarias tiene como objetivo transparentar las operaciones de compraventa de moneda extranjera y detectar posibles operaciones inconsistentes entre las transacciones cambiarias efectuadas‘.

La AFIP avaló su postura jurídica con los fallos a su favor dictados por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y varias Cámaras Federales del interior del país (Mar del Plata, General Roca, entre otras).

Por su parte, el abogado Héctor Montero explicó que su cliente ‘tiene el pasaje pago para viajar al exterior, también el seguro médico y el seguro del viajero, y no podía acceder a la compra de euros para moverse fuera del país y pagar el alojamiento‘.

Montero presentó hace diez días un recurso de amparo, por entender que con las restricciones que aplica la AFIP en el mercado de cambios, ‘se estaban violando garantías constitucionales como la posibilidad de entrar y salir del país y el derecho a la propiedad‘.

El letrado explicó que la Justicia Federal se expidió en ‘forma favorable y dictó una medida cautelar ordenando a la AFIP que arbitre de inmediato la autorización de compra por un valor de 2 mil euros‘ en el mercado oficial ya que, según dijo, ‘el Poder Judicial no puede prestarse para la compra en el mercado paralelo, que es ilegal‘.

Montero consideró que el magistrado no se expidió sobre ‘la cuestión de fondo‘ y que sólo decidió hacer lugar al amparo para evitar la afectación de un derecho.

Asimismo, la Justicia dispuso que le vendan al demandante los euros al valor oficial, ya que no se puede, legalmente, que los adquiera en el mercado paralelo.

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