inicia sesión o regístrate.
El juez de la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Marcelo Domínguez no hizo lugar a una acción de amparo contra la Municipalidad de Vaqueros a través de la cual se buscaba que se ordene cumplir con las previsiones y contenidos de la planificación urbana, ordenamiento territorial y ecológico respecto del proyecto denominado "Lares de la Inmaculada".
La Municipalidad de Vaqueros interpuso la falta de legitimación activa de los amparistas, planteo que fue rechazado por el juez.
El amparo es un remedio excepcional que es admisible frente a cualquier decisión, acto u omisión de la autoridad pública, excepto la judicial, o de particulares que, en forma actual o inminente, lesionen, restrinjan, alteren o amenacen, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, los derechos y garantías explícita o implícitamente reconocidos por las constituciones Nacional y de la Provincia, a los fines del cese de la lesión consumada o de la amenaza.
Recordó el juez que el amparo cuestiona la legitimidad de la actividad administrativa municipal y sus facultades para otorgar -también las del órgano de aplicación de la ley N§ 7.070-, mediante actos administrativos conclusivos de procedimientos administrativos estrictamente reglados, la factibilidad y aprobación al proyecto urbanístico encarado por el fideicomiso "Lares de la Inmaculada".
Señaló además que las actuaciones se han desarrollado "conforme disponen la normas ambientales" con la intervención de los distintos órganos competentes, "quienes han formulado en diversas oportunidades observaciones de carácter técnico al proyecto, las cuales fueron subsanadas por los desarrolladores."
Y destacó que los amparistas han tenido un adecuado acceso a la información ejerciendo sus derechos a través de innumerables presentaciones.
Recordó además que "la Municipalidad de Vaqueros aún no ha otorgado una habilitación -siquiera provisoria- para la ejecución del proyecto "Lares de la Inmaculada'. Y no se advierte que ésta haya incurrido, en su trámite, en un accionar contrario a derecho o que pueda ser considerada como arbitrario y que tornen procedente el amparo". No se configuraron en la causa "los presupuestos necesarios para la viabilidad de la pretensión", por lo que el juez rechazó la petición. "Las razones invocadas por los accionantes no resultan lo suficientemente consistentes para justificar la vía del amparo ni la existencia de una controversia que habilite la intervención judicial para irrumpir en un procedimiento propio del poder administrado", puntualizó.