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Ganancias y seguro de desempleo

Sabado, 09 de febrero de 2019 00:00
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Raquel Camacho (Capital): estoy jubilada y recibo también la pensión que me dejó mi esposo ya fallecido. Me preocupa el tema del impuesto a las ganancias que se habla tanto. Por favor si puede explicarlo.

­Buen día Raquel! Recientemente Anses publicó una circular por la cual se cambia el esquema de cálculo de las retenciones del impuesto a las ganancias que también recae sobre jubilados y pensionados.

El cambio afecta a quienes tienen más de un beneficio previsional, hay quienes reciben por ejemplo su jubilación y además una pensión (a veces también más de una); se trata mayormente de mujeres jubiladas que como Ud. han enviudado y reciben la pensión. Hasta ahora el organismo previsional calculaba el impuesto a las ganancias para cada beneficio por separado, ahora lo hará sumando todos los beneficios previsionales de cada beneficiario. Esto significa que quienes ya pagaban el impuesto, pagarán más y que muchos que no pagaban, ahora sí les llegará el descuento.

Pagarán el impuesto aquellos beneficiarios que tengan un ingreso total (sumando los haberes de jubilación y pensión) que supere los $55.854 (es decir 6 haberes mínimas de $9.309). En marzo, con el aumento por movilidad, el tope pasará a $62.462. Deberá estar atenta Raquel al momento de cobrar, el descuento aparecerá en el recibo con el código 309000.

¿Qué se puede hacer? La alternativa que se puede sugerir para pagar menos es informar las deducciones como ser cargas de familias, gastos médicos y remuneraciones del personal de casas particulares. Esto se hace completando el formulario AFIP N§ 572 web, por medio del sistema Siradig de esa agencia.

Luego de un año donde las jubilaciones aumentaron un 28% frente a un 48% de la inflación, esta resulta una medida sumamente antipática y desafortunada que reduce los ingresos de casi 50 mil adultos mayores. Más allá de los argumentos esgrimidos por las autoridades, la decisión no parece estar fundamentada en cuestiones de justicia distributiva sino puramente presupuestarias, ya que se recaudarán 1.600 millones de pesos adicionales.

Andrea Morales (Orán): me despidieron en mi trabajo y quiero conocer cómo hacer los trámites del seguro por desempleo.

Hola Andrea. Lamento tu situación que parece ser la de muchos trabajadores porque hace meses se viene registrando un aumento en las tasas de desempleo producto de la retracción económica.

El seguro por desempleo es una prestación para aquellos que, habiendo trabajado en relación de dependencia, han sido despedidos sin justa causa (esto es fundamental para acceder), o bien, si la relación laboral terminó por finalización de contrato o por motivos ajenos al trabajador. Es necesario contar con aportes, al menos 6 meses en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato. El monto de la cobertura y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según tus ingresos y los meses trabajados. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

Deberás presentarte con un turno en Anses y llevar tu DNI y la documentación que justifique la situación de desempleo. Por ejemplo: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador o copia del contrato de trabajo vencido en caso de no renovación de un contrato a plazo fijo.

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