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Renuncia y pensión por invalidez

Sabado, 15 de junio de 2019 00:00
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Elba Montes (Capital)

Por favor si puede detallar los requisitos del régimen de jubilación docente y explicar de qué se trata la "renuncia condicionada".

Buen día Elba. El Régimen Previsional Especial para el Personal Docente alcanza exclusivamente al personal (ley 14.473) de establecimientos públicos o privados incorporados a la enseñanza oficial. Para recibir el suplemento docente (82% de la última remuneración docente) se requiere contar con 60 años los varones y 57 las mujeres. Además hay que acreditar 25 años de servicio de los cuales 10 como mínimo deben ser al frente de alumnos. Hay que tener presente que, una vez jubilada, la percepción de este suplemento al 82% es incompatible con cualquier actividad. La renuncia condicionada (decreto Nº8820/1962) se da cuando el docente renuncia pero no de manera definitiva sino condicionado al otorgamiento de la jubilación y, mientras dure el trámite jubilatorio, continúa desempeñando sus tareas.

Beatriz Chuchuy (Rosario de Lerma)

Desde que tuve un accidente no pude trabajar más y quiero solicitar una pensión por invalidez. Por favor si puede explicar los requisitos y la forma de tramitar el certificado médico.

Hola Beatriz. La pensión no contributiva por invalidez está pensada para aquellas personas que, sin aportes, presenten una disminución en la capacidad laboral del 76% o más. Para acreditar el grado de tu discapacidad desde este año hay que presentar el CMO (certificado médico oficial) que extienden los hospitales. En principio deberías hacerlo en el hospital San Bernardo o Papa Francisco de la capital.

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