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La defensa del sacerdote Luis Alberto Sanjinés, recientemente condenado por la Justicia salteña por el delito de abuso sexual simple agravado por ser cometido por un ministro de culto, anunció que llevará el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y al sistema interamericano, a través de presentaciones ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Según indicaron, consideran que en el proceso hubo una “investigación sesgada”, una “aplicación inconstitucional de la perspectiva de género” y múltiples irregularidades que —a su criterio— vulneraron el debido proceso y el derecho de defensa.
La decisión se conoció luego de que la Sala I del Tribunal de Impugnación, integrada por los jueces Luciano Martini y Ramón Medina, confirmara la condena de tres años de prisión de ejecución condicional, al desestimar el recurso de casación presentado por la defensa.
Los argumentos de la defensa
En un documento extenso, la defensa de Luis Alberto Sanjinés detalló una serie de motivos por los cuales considera que el caso debe ser revisado por tribunales superiores.
1. Un hecho denunciado en un patio con cámaras y presencia de jóvenes
La defensa señala que el hecho denunciado habría ocurrido en un patio interno de la Parroquia San Pedro Apóstol, en Villa Primavera, durante una convivencia de monaguillos y en un espacio con cámaras de videovigilancia. Argumentan que se trataba de un lugar público, con personas presentes, lo que —según su postura— haría “improbable” que ocurriera un abuso sin que nadie lo advirtiera.
También mencionan que, de acuerdo con declaraciones incorporadas al expediente, la niña “se cayó jugando y se golpeó un pie”, y que fue ella quien pidió auxilio al sacerdote.
2. La demora en denunciar y la pérdida de pruebas
Sostienen que la denuncia se realizó tiempo después del hecho, lo que —según su planteo— provocó la pérdida de posibles elementos probatorios, como las grabaciones de cámaras de seguridad.
3. Investigación basada solo en la declaración de la menor
La defensa afirma que la investigación y la condena “se basaron únicamente en la declaración de la menor”, a quien señalan como presionada por familiares y otros actores.
Cuestionan que no se hayan producido testimonios presenciales ni registros de cámaras, lo que consideran “negligencia” tanto de la Fiscalía como de la defensa anterior del sacerdote.
4. Testimonios exculpatorios y cámaras nunca preservadas
Indican que, de manera excepcional, declararon dos madres de jóvenes que estuvieron en el lugar y que relataron que sus hijas “no vieron nada de lo denunciado” y que Sanjinés “siempre las trató bien”.
Cuestionan que esos testimonios no hayan sido considerados y que las imágenes de cámaras de la parroquia nunca hayan sido requeridas ni resguardadas.
5. Informes psicológicos no valorados
La defensa hace referencia al testimonio de una psicóloga de un centro de salud, quien afirmó que la niña le expresó que “no estaba de acuerdo con hacer una denuncia a un sacerdote” y que mencionó un posible abuso previo por parte de un familiar.
Señalan que ese dato “no fue informado por los familiares” y que otras psicólogas dijeron que la menor no mencionó haber sido abusada por el sacerdote.
6. Disparidad entre absolución y condena con la misma prueba
Otro de los puntos planteados es que, con el mismo material probatorio, Sanjinés fue absuelto por un hecho y condenado por otro, lo que consideran “inaceptable”.
7. Críticas a la actuación del Tribunal de Impugnación
La defensa sostiene que el Tribunal:
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expresó que “no estaba de acuerdo” con la absolución de un hecho que la Fiscalía no recurrió,
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emitió opiniones que —según su interpretación— fortalecieron la postura acusatoria,
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recomendó informar la condena al arzobispado pese a que la pena de inhabilitación había sido rechazada.
Consideran que esos actos exceden la competencia del Tribunal y evidencian “falta de neutralidad”.
8. “In dubio contra sacerdote”
La defensa denuncia que la condición de sacerdote de Sanjinés fue tomada como un elemento desfavorable per se, sustituyendo el principio de in dubio pro reo por un “in dubio contra sacerdote”.
Qué sostuvo el Tribunal al confirmar la condena
En su fallo, la Sala I del Tribunal de Impugnación afirmó que:
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el relato de la niña fue “claro, consistente y sostenido en el tiempo”,
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la demora en denunciar “no afecta la veracidad”,
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no hay contradicción entre absolver por un hecho y condenar por otro,
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el análisis se realizó conforme a la “sana crítica racional”.
Según el cuerpo colegiado, “se encuentra acreditado con el grado de certeza constitucionalmente exigido” que la niña —que tenía 11 años en el momento del hecho denunciado, en 2021— sufrió un avasallamiento a su integridad sexual.
Hacia la Corte Suprema y el sistema interamericano
Tras la confirmación de la condena, la defensa de Luis Alberto Sanjinés anunció que presentará:
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Recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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Un caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
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Y, eventualmente, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Argumentan que el proceso tuvo irregularidades que —según su postura— afectan la validez de la sentencia y justifican la intervención de organismos superiores.
“Otros aspectos que hacen a su defensa serán planteados en las próximas instancias para una justa declaración de su inocencia”, concluyeron.