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El Senado sancionó ayer la ley a través de la cual se reformó y se modernizó el sistema de caducidad de expedientes parlamentarios para dar paso a un criterio único de interpretación.
La Cámara alta adelantó la sesión para posibilitar que senadores, junto con el vicegobernador Antonio Marocco, viajen a Santiago del Estero para participar de la 55 reunión del Parlamento del Norte Grande, que se desarrollará entre hoy y mañana.
La nueva ley reemplaza al sistema que venía rigiendo desde 1949 y ahora establece que todo proyecto de ley puesto a consideración de la Legislatura y que no obtenga media sanción en una de sus Cámaras durante el año parlamentario, en el que tuvo entrada en el cuerpo, o en el siguiente, se tendrá por caducado.
También dispone que el plazo de vigencia de todo proyecto de ley que obtenga media sanción en la cámara de origen, se prorroga por un año más en la cámara revisora. Quedarán exceptuados los proyectos de reforma completa de Códigos.
Sobre el mecanismo, dispone que si un proyecto obtiene media sanción en una de las cámaras y existiera otro de igual naturaleza y finalidad que no hubiera sido acumulado, éste último caducará sin perjuicio del tiempo transcurrido desde su presentación.
En este sentido, los presidentes de las comisiones de ambas cámaras elevarán a la Secretaría Legislativa correspondiente la nómina de los asuntos que estén comprendidos en la Ley. Este listado se incluirá en los asuntos entrados de la primera sesión ordinaria de cada período para su consideración.
Una vez aprobado, sin más trámite, serán mandados al archivo con la anotación correspondiente puesta por Secretaría. Los asuntos pendientes con despacho de comisión y las iniciativas de los particulares caducarán en virtud de la ley.
El artículo sexto determina que cada cámara establece los plazos de vigencia y se encarga de reglamentar los procedimientos para la caducidad y archivo de las iniciativas parlamentarias que no sean proyectos de ley que se hubieran sometido a su consideración.
Con la actualización se deroga la Ley 2.389, cuyo original es la 1.111, de Caducidad de Expedientes Parlamentarios y toda otra norma que se oponga.
Durante el debate en el recinto se explicó que la reforma tiene el objeto de rediseñar el régimen de caducidad de los asuntos parlamentarios.
También se puntualizó que la finalidad es establecer un criterio único de interpretación y por ello fue necesario actualizar la normativa, que venía rigiendo desde el año 1949, y adecuarla a los tiempos presentes.