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El paquete libertario

Sabado, 09 de diciembre de 2023 02:57

Con gran hermetismo, los armadores del programa que llevará a cabo el próximo gobierno durante los próximos cuatro años vienen trabajando en lo que se ha dado en llamar "ley ómnibus". De acuerdo a los trascendidos, el tema central en materia laboral sería la sustitución del régimen de indemnizaciones por despido que se aplica en nuestro país desde hace más de 89 años. Efectivamente, fue en 1934 que durante la llamada década infame se sancionó la ley 11729 que establecía una indemnizacion por despido basada en la antigüedad del trabajador tomando como parámetro su remuneración. Es el sistema que rige en la mayoría de los países del mundo. Existe una gran confusión en este tema porque cuando se habla de las "exorbitantes" indemnizaciones por despidos en realidad nos estamos refiriendo a las indemnizaciones agravadas por trabajo no registrado. La indemnización normal se encuentra dentro de los estándares internacionales.

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Con gran hermetismo, los armadores del programa que llevará a cabo el próximo gobierno durante los próximos cuatro años vienen trabajando en lo que se ha dado en llamar "ley ómnibus". De acuerdo a los trascendidos, el tema central en materia laboral sería la sustitución del régimen de indemnizaciones por despido que se aplica en nuestro país desde hace más de 89 años. Efectivamente, fue en 1934 que durante la llamada década infame se sancionó la ley 11729 que establecía una indemnizacion por despido basada en la antigüedad del trabajador tomando como parámetro su remuneración. Es el sistema que rige en la mayoría de los países del mundo. Existe una gran confusión en este tema porque cuando se habla de las "exorbitantes" indemnizaciones por despidos en realidad nos estamos refiriendo a las indemnizaciones agravadas por trabajo no registrado. La indemnización normal se encuentra dentro de los estándares internacionales.

La propuesta libertaria (que también se esbozó en los proyectos de Juntos por el Cambio) consiste en adoptar el modelo austríaco. Un modelo que resulta muy caro para los empleadores e inconstitucional desde la perspectiva de los trabajadores. Los españoles bautizaron al sistema de despido que rige en Austria desde el año 2003, como "mochila austríaca". ¿En qué consiste?: es una cuenta a nombre de cada trabajador en la que la empresa abona periódicamente una parte del despido por anticipado, de forma que se va acumulando una "mochila" con fondos que pertenecen al empleado y que éste puede llevarse a otro trabajo y disponer de ella en el supuesto de ser despedido o guardarla hasta la jubilación. Hace tres años los empresarios argentinos presentaron un proyecto al que -sin mucha originalidad- han denominado "mochila argentina". Se ve, por lo pronto, que nuestros empresarios necesitan urgente un curso de marketing. No han advertido que mochila en Europa tiene una connotación positiva recordándole a los austríacos los alegres paseos alpinos con una mochila que les proveerá de bebidas, alimentos, herramientas, etc. El término mochila en Argentina, en cambio, se identifica con la carga pesada que llevamos sobre nuestras espaldas (suegras, charlatanes, vagos, políticos, etc.), también nos recuerda al depósito de los inodoros. Salvada la cuestión terminológica, señalemos que el proyecto local consistiría en un Seguro de Garantía de Indemnización (SGI) administrado por el Anses, Superintendencia de Seguros, y una entidad de control a designar, financiado con aportes de los empleadores. En lugar de la indemnización por despido vigente, el trabajador despedido seguiría cobrando mensualmente su salario hasta conseguir un nuevo empleo o agotar el tiempo máximo de duración del beneficio, en proporción a la antigüedad acumulada en el empleo.

En realidad, los argentinos que inventamos (según creemos) el colectivo, la birome y el dulce de leche, en esta oportunidad le ganamos a los austríacos (cuya invención más notoria fueron las medialunas para festejar su victoria contra los turcos en la batalla de Kahlenber, en 1683). Efectivamente, en 1967, durante la dictadura de Juan Carlos Onganía se dictó la ley 17258, para regular el trabajo de la industria de la construcción creando un sistema que -en rasgos generales- es bastante parecido a la mochila austríaca. La ley dio creación de un "fondo de desempleo", que todavía sigue vigente con ligeras variantes.

La propuesta no es sino otra variante de la flexibilidad laboral que desde la década el 80 viene amenazando a los trabajadores. En Europa, a pesar de la insistencia sobre el tema, solo Austria viene aplicando el sistema, sin lograr que otros países modifiquen el tradicional esquema de indemnización por despido. Aun aquellos países que vienen aplicando la llamada "flexiseguridad" (Holanda 1980, Dinamarca 1990) han mantenido el esquema de abonar indemnizaciones por despido.

En el caso argentino el sistema puede considerarse inconstitucional, ya que no otorga "protección contra el despido arbitrario", como manda el artículo 14 bis, sino que, por el contrario, lo incentiva. El sistema es injusto ya que trata igual al más laborioso trabajador que al vago más redomado, incentiva al empleador a despedir arbitrariamente, el fondo se consume -inevitablemente- con la inflación. Pero lo que no advierten los empleadores es que el sistema es indefectiblemente caro, ya que todos los meses tienen que depositar una alícuota que equivale a indemnizar a la totalidad de sus trabajadores, aun cuando muchos de ellos renuncien, se jubilen o incurran en justa causa de despido.

 

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