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Las declaraciones del convencional constituyente electo Juan Domingo Córdoba, exconcejal y docente con trayectoria en el análisis legal, encendieron una discusión que ya venía gestándose por lo bajo: ¿quién paga el trabajo de los convencionales constituyentes?
Y más aún: ¿deben trabajar ad honorem? En una entrevista con un noticiero local, Córdoba no solo reclamó claridad, sino que también expuso las grietas normativas y organizativas del proceso constituyente en Rosario de Lerma y otros municipios de la provincia. Afirmó que, según el artículo 146 de la actual Carta Orgánica de Rosario de Lerma, los convencionales deben percibir una remuneración igual a la dieta de un concejal en ejercicio, y que trabajar sin pago sería lisa y llanamente ilegal.
"De acuerdo con la convocatoria, el 11 de septiembre se constituye la comisión reglamentaria, donde tenemos desde ese día 120 días de plazo para entregar la nueva Carta Orgánica, que luego será remitida a la Legislatura para su revisión y aprobación. Con la envergadura que tiene este proceso, incluso en Rosario de Lerma, no sabemos dónde será el espacio para trabajar ni quién se hará cargo de nuestros honorarios", explicó Córdoba.
Según el convencional, el actual Concejo, por no "leer" la Carta Orgánica vigente, no tuvo en cuenta varias cuestiones legales. Por ejemplo, el artículo 146 establece el pago de las dietas de los convencionales. Además, señala de manera clara cómo debe funcionar la convención y quién debe hacerse cargo de su presupuesto.
"La falta de conocimiento de los actuales concejales es visible y peligrosa para el objetivo de la convención constituyente. Vamos a debatir cuestiones sobre el futuro de la comunidad, no a imponer la idea de un sector político", sentenció Córdoba.
En otros municipios
El planteo no es menor. El pasado sábado se entregaron los diplomas a los convencionales electos en Rosario de Lerma, El Carril, Campo Quijano y Chicoana. En estos municipios, la redacción o reforma de la Carta Orgánica se hará por primera vez. Pero no hay certezas sobre aspectos básicos: ni dónde funcionarán las convenciones, ni cuándo comenzarán a sesionar, ni cómo se financiarán sus gastos, ni quién pagará a los asesores legales y técnicos.
Mientras que en Rosario de Lerma la Carta Orgánica vigente fija un plazo de 120 días para la redacción del nuevo texto (prorrogable si fuese necesario), en los otros municipios ni siquiera hay una hoja de ruta definida. La falta de previsión presupuestaria, sumada a la ambigüedad en las ordenanzas que convocaron las elecciones, dejó el terreno fértil para la polémica.
¿Ad honorem o pagos?
"Antes de hablar de fechas, hay que hablar de presupuesto", advirtió Córdoba. Y no se equivocó: no existe democracia de calidad sin garantías institucionales para quienes deben reescribir las normas que rigen a un pueblo. El trasfondo de todo esto evidencia lo que muchos ya advertían: que los municipios convocaron a elecciones constituyentes sin un plan claro, sin previsión financiera y con ordenanzas mal redactadas. El caso de Rosario de Lerma, donde Córdoba exige que se respete lo que establece la Carta Orgánica, es apenas la punta del iceberg.
El debate está abierto. Y con él, una pregunta de fondo: ¿cómo se pretende redactar una Carta Orgánica moderna si ni siquiera se garantizan las condiciones mínimas de trabajo para quienes deben hacerlo?