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La Corte de Justicia de Salta rechazó el amparo colectivo que Protectora Asociación Civil de Defensa del Consumidor promovió en abril contra el Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS), pidiendo una intervención judicial y una auditoría externa en la obra social.
El fallo del máximo tribunal de la provincia salió el viernes, horas después de que se confirmara el ingreso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación de un recurso de queja de la accionante por retardo de justicia. Ayer desde Protectora adelantaron que interpondrán un recurso extraordinario contra la decisión de la Corte salteña.
El expediente se remonta hasta el pasado 29 de abril, cuando la entidad inscripta en los registros de asociaciones civiles de defensa del consumidor de la Nación y la Provincia, presentó la acción colectiva ante la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial en representación de los más de 260 mil afiliados afectados por la crisis financiera del IPS. En esa presentación, Protectora solicitó que se ordene una intervención judicial del Instituto, en forma cautelar y complementaria a la intervención administrativa decretada en febrero por 180 días. También solicitó que se disponga una auditoría financiera, contable, integral y externa realizada por contadores designados a propuesta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Requirió, asimismo, que se solicite formalmente a los poderes Ejecutivo y Legislativo el impulso de una nueva ley para el IPS que establezca un órgano interno auditor integrado por dos representantes de los afiliados, para garantizar derechos de raigambre constitucional.
En el fallo con el que acaba de rechazar la acción colectiva, la Corte salteña expresó que "no se aviene a la naturaleza del amparo su utilización como instancia revisora de procedimientos llevados a cabo en otra esfera, en tanto no se trata de un remedio apto para irrumpir en asuntos ajenos a la jurisdicción, por ley conferida, alterando el normal juego de las instituciones vigentes".
El tribunal estableció que "la intervención, como medio de control de una entidad descentralizada, procede como consecuencia del poder-deber de vigilancia que incumbe al Poder Ejecutivo". Sostuvo, asimismo, que la asociación civil demandante no logró demostrar "un perjuicio actual o inminente a los derechos de los afiliados al IPS como consecuencia de la intervención decidida por el Poder Ejecutivo que justifique la procedencia de la acción". La Corte salteña concluyó que "la pretensión deducida tiende a obtener una intervención paralela, de naturaleza judicial", lo cual implica de hecho "una injerencia extraña en el control y operatividad del ente autárquico".
En la queja por retardo de justicia que había ingresado a la Corte Suprema pasado miércoles, Protectora argumentó que la intervención administrativa del IPS no logró resolver los problemas de fondo, y sostuvo que la "pasividad y omisión" de otros organismos llevaron a una "situación de absoluta vulnerabilidad y desprotección para los afiliados". Ese escrito se centró en la "demora injustificable" en la tramitación de "una medida cautelar innovativa sin resolución" señalada como fundamental "para preservar prueba esencial y garantizar los derechos de los afectados".
Protectora prepara un recurso extraordinario federal
Consultados sobre el fallo que dictó el pasado viernes de la Corte de Justicia de Salta, Daniel Paganetti y Leonardo de Almeida, abogados referentes de Protectora Asociación Civil de Defensa del Consumidor, señalaron que el pronunciamiento de rechazo "in limine" a la acción de amparo intentada en representación de los afiliados del Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS), será recurrida en el transcurso de la semana entrante a través de la interposición de un recurso extraordinario federal.
De acuerdo a cómo se han venido desarrollando el proceso, es muy probable que el planteo de Protectora sea rechazado por la justicia local, lo que obligaría a los recurrentes a llevarlo nuevamente a Buenos Aires, pidiendo la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por vía de lo que técnicamente se conoce como "recurso de queja por extraordinario denegado".
Los abogados de Protectora expresaron su "asombro" ante la "negativa de la justicia local" para abocarse al conocimiento de "cuestiones que deberían resolverse en el ámbito de la Provincia". En este punto, expresaron su optimismo ante las posibilidades que "esta negativa brinda para debatir las cuestiones que plantea Protectora en el amparo, ante los estrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la garantía de imparcialidad que ello conlleva", señalaron los letrados.
Cabe recordar que la acción colectiva que promovió Protectora el pasado 29 de abril recayó inicialmente en la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial. Desde entonces el expediente sufrió dilaciones que incluyeron una declaración de incompetencia inicial por parte de la jueza de trámite, una remisión al máximo tribunal y un retraso significativo en la resolución de la medida cautelar, que se prolongó incluso después de un pedido de pronto despacho de la actora.