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Aborto legal: podrían ser sobreseídas al menos 156 mujeres en Salta

Tras estar vigente la flamante ley N´ 27.610, los jueces deberán sobreseer a quienes fueron criminalizadas por aborto y otros eventos obstétricos durante las primeras 14 semanas de gestación.
Martes, 26 de enero de 2021 01:55

A partir de que el domingo último entrara en vigencia la ley N§ 27.610, de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, al menos 156 personas podrían ser sobreseídas por aborto y otros eventos obstétricos en la provincia de Salta. Esta ley se aplica a las causas en curso, en las que hay personas imputadas por cometer, consentir o realizar un aborto, y a aquellas en las que ya hay condenadas.

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A partir de que el domingo último entrara en vigencia la ley N§ 27.610, de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, al menos 156 personas podrían ser sobreseídas por aborto y otros eventos obstétricos en la provincia de Salta. Esta ley se aplica a las causas en curso, en las que hay personas imputadas por cometer, consentir o realizar un aborto, y a aquellas en las que ya hay condenadas.

Esta cifra emana de los datos provistos por el Ministerio Público Fiscal de Salta al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que elaboró un informe a partir de las causas penales por aborto y otros eventos obstétricos -incluye a los abortos espontáneos- entre 2012 y 2020 notificadas por las jurisdicciones del país.

Las personas criminalizadas por aborto hasta la semana 14 -el plazo que contempla la norma- deberían quedar sobreseídas de manera inmediata, en virtud del artículo 2´ del Código Penal de la Nación, que establece que "si la ley vigente al tiempo de cometerse el delito fuere distinta de la que exista al pronunciarse el fallo o en el tiempo intermedio, se aplicará siempre la más benigna".

Luego, este artículo agrega: "Si durante la condena se dictare una ley más benigna, la pena se limitará a la establecida por esa ley. En todos los casos del presente artículo, los efectos de la nueva ley se operarán de pleno derecho".

La abogada Mónica Menini, referente de la Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito en Salta, explicó que los jueces que están a cargo de estas causas deberían actuar de oficio para aplicar la ley más benigna, en este caso, la flamante Ley N´ 27.610. La resolución debería ser inmediata, con el trámite procesal que requiere y luego de revisar cada caso.

Aclaró que es importante que haya sobreseimiento para que las personas queden sin antecedentes penales.

"Como la sociedad evoluciona cultural y políticamente, cambian las leyes penales. La sociedad ha debatido mucho esta ley y ha acordado que el aborto hasta la semana 14 y por causales no es más un delito en nuestro país", expresó.

El viernes último, la Defensoría General del Ministerio Público de Salta requirió a los defensores oficiales que revisen los casos por delitos relacionados con eventos obstétricos que puedan estar en curso o que estén cumpliendo pena, para solicitar la aplicación de la ley penal más benigna, puesto que varias conductas ya no constituyen delito.

Desde la semana pasada los magistrados están revisando causas en las que se pueda aplicar la defensa con la nueva ley de interrupción voluntaria del embarazo.

La Defensoría General explicó que en los casos contemplados por la norma se debe aplicar el artículo 2§ del Código Penal.

Otras carátulas

Menini mencionó que no habría causas abiertas por aborto en la provincia, ya que todas las personas involucradas habrían sido sobreseídas. Sin embargo, explicó que hay causas penales por eventos obstétricos que tienen otras carátulas, como homicidio agravado por el vínculo o abandono de persona. Aseguró que hay personas detenidas por esta razón en la provincia.

El Tribuno consultó en distintos organismos la cantidad de personas privadas de la libertad por eventos obstétricos, pero no obtuvo respuestas.

Menini consideró que hay que revisar las causas penales para saber si pueden ser alcanzadas por la nueva ley y evaluó que no será algo fácil: "Siempre ha sido difícil para el activismo acceder a eso porque es un dato que tiene el Poder Judicial, que no trabaja en articulación con nosotras".

"Comienza un período en el que hay que estudiar esas causas. Para eso, hay que leerlas y solo el Poder Judicial puede hacerlo. Si ellos hacen convenios con organismos del Poder Ejecutivo, esto permitiría estudiar, analizar y revisar si hay alguna situación que tenga que ver con esta ley que es más benigna", agregó.

La abogada evaluó que el Ejecutivo debe tomar los recaudos en relación con este tema: "La Secretaría de Derechos Humanos podría solicitar al Poder Judicial el relevamiento de la criminalización por aborto y otros eventos obstétricos porque han sido caratulados de otra forma".

Explicó que los defensores oficiales o los abogados que están en los procesos deberían hacer presentaciones y los jueces dictar sobreseimientos a las personas involucradas en estos hechos que ya no son delitos.

Consultados por este tema, desde el Poder Judicial mencionaron que estas causas no están habilitadas para ser tratadas en enero y manifestaron que los abogados deberán pedir que se sobresea a sus defendidas.

Salta, la cuarta con más causas 

El dato surge de un informe del CELS, con información de 17 provincias del país.

Salta es la cuarta provincia con más causas penales por aborto y otros eventos obstétricos, de acuerdo con un informe del CELS que contiene datos oficiales -en algunos casos, parciales- de 17 provincias argentinas, desde 2012 a 2020.
La publicación, que se dio a conocer en el marco del debate por la interrupción voluntaria del embarazo en el Senado de la Nación, reveló que 1.532 mujeres afrontan causas penales por aborto y 37, por eventos obstétricos criminalizados.
De acuerdo con el trabajo, Salta tiene 156 causas penales por esta razón y se ubica el cuarto lugar, detrás de Buenos Aires, Tucumán y CABA, que tienen mayor cantidad de habitantes. 
Los datos de Salta fueron aportados por la Corte de Justicia y el Ministerio Público Fiscal, aunque se tomaron los datos de este último por informar más causas.
La investigación reveló que las mujeres criminalizadas “son pobres, sin trabajo remunerado, la mayoría con hijas e hijos, que viven en condiciones habitacionales precarias”, por lo que “ya habían vivido la falta de acceso a derechos”.
En los procesos penales que se llevaron adelante contra ellas, la mayoría no accedió a una defensa particular, sino que fueron representadas por la defensa oficial. Se encontraron muchas violaciones de las garantías del debido proceso.
La mayoría de esas mujeres, según el CELS, fueron denunciadas por personal sanitario, dado que las causas se iniciaron “con frecuencia cuando los equipos de salud violan su deber de confidencialidad” al atenderlas.     
En el informe participaron también el Centro Universitario San Martín (Cusam), la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, la Asociación de Pensamiento Penal, el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura y las investigadoras María Lina Carrera, Natalia Saralegui Ferrante y Gloria Orrego-Hoyos.    
 

 

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