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Droga en la cárcel: las condenas no terminaron con el flagelo

Seis condenados por microingreso de drogas, entre ellos mujeres vulnerables. El ardid de ingreso era conocido y aún así no se detuvo a las mujeres en las requisas. 
Lunes, 15 de agosto de 2022 02:14

Los jueces de la Sala V del Tribunal de Juicio condenaron el 12 de agosto a seis personas por el delito de comercialización de estupefacientes agravado por ser cometido en establecimiento de detención, en un fallo que a la vez absolvió a dos acusados y condenó también a una joven a una pena de cumplimiento condicional.

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Los jueces de la Sala V del Tribunal de Juicio condenaron el 12 de agosto a seis personas por el delito de comercialización de estupefacientes agravado por ser cometido en establecimiento de detención, en un fallo que a la vez absolvió a dos acusados y condenó también a una joven a una pena de cumplimiento condicional.

El juicio ventiló un flagelo largamente conocido en los establecimiento penales y mostró durante las audiencias el alcance del mismo y -a la vez- la vulnerabilidad de algunos familiares de detenidos, quienes se vieron salpicados por el accionar de uno o dos internos.

Estos, desde el interior del penal y con supuesta ayuda interna, desarrollaron un "microemprendimiento": la venta de droga a los penados y el cobro de la misma a sus familiares a través de transferencia virtuales.

De esa manera, uno de los internos Guillermo Alfredo Lozano utilizó a su pareja Cristina Alejandra Santander para que la misma busque droga en el exterior, consiga mujeres que la introdujeran en el penal a través de las visitas y, a la vez, cobrara por medios electrónicos, transferencias o Mercado Pago el consumo de drogas de algunos internos a los familiares de los mismos.

Supuestamente si éstos no accedían a pagar las adicciones de sus seres queridos, atrapados en el sistema, los mismos sufrirían las consecuencias.

El tema tomó estado público por una denuncia periodística, donde un familiar de un penado señaló la metodología de pago de las drogas que se consumían en Villa Las Rosas.

A partir de allí y durante meses se hicieron escuchas de las comunicaciones de algunos reos con sus familiares o parejas y de las relaciones de éstos con terceras personas, los proveedores de las drogas.

Se tomaron fotografías fuera del penal, hubo seguimientos y vigilancias de domicilios y se obtuvieron numerosas pruebas de cómo las mujeres introducían la droga al penal, pero no se les puso fin. Al verse estas mujeres espiadas, complicaron a otras para que en sus partes íntimas pasaran las drogas, obviamente, mínimas cantidades.

De esa manera terminaron con una pequeña organización que ingresaba y comercializaba estupefacientes en el interior del penal de Villa Las Rosas.

Defensores que actuaron en el sonado caso, tras la sentencia, dialogaron con nuestro medio y dejaron entrever que más allá de las condenas, ajustadas a derecho, quedaron pendientes importantes puntos sobre la problemática, entre éstos el rol de los familiares que se vieron implicados en la causa (padres, madres, hermanos y parejas, todos atrapados por ese clamor de los privados de su libertad); el papel del Servicio Penitenciario Provincial, encargado de revisar el ingreso y egreso de las visitas, y la verdadera dimensión de este comercio, que no fue erradicado.

En ese sentido, uno de los defensores dijo: "Los verdaderos responsables -como si fueran dioses- en el juicio no se les vio la cara", en alusión a los jefes del Servicio Penitenciario Provincial.

El abogado Marcelo Arancibia, defensor de Rocío Alejandra Rodríguez (condenada a 4,6 meses de prisión domiciliaria) y de Daniel Valeriano (absuelto) aseguró que con las informaciones con las que contaba el SPP este solo debía poner énfasis en las requisas de las sospechosas y detener el ingreso a cuenta gotas de droga en el penal, pero no lo hizo, dejando a libre interpretación lo después sucedido. Luego agregó, "si bien las mujeres que ingresaban las drogas lo hacían supuestamente a conciencia, se debe a la vez contemplar que las mismas también son víctimas de aquellos hombres privados de su libertad y no pueden salir de ese círculo", reflexionó. Así, el tema de las drogas en el penal de Villa Las Rosas muestra otro rostro.

Condenas efectivas sobre seis personas

El interno Guillermo Alfredo Alejandro Lozano recibió 6,6 años de prisión y se unificó la condena con una pena anterior en el monto de 29,6 años de prisión efectiva.
Su pareja, Cristina Alejandra Santander Contreras fue condenada a 6 años de prisión efectiva, bajo la modalidad de prisión domiciliaria.
Rocío Alejandra Rodríguez fue condenada a 4,6 años de prisión domiciliaria con monitoreo.
Miguel Martín Navarro, en tanto, resultó condenado a 4,6 años.

Las adicciones de los internos en las cárceles es un flagelo de muchos años. En las comisarías del interior donde alojan a detenidos, muchas mujeres fueron demoradas al intentar ingresar drogas para sus familiares. 
 


Por comercialización de estupefacientes, Pablo Alexis González Hussain fue condenado a cuatro años de prisión efectiva.
Claudia Graciela Carrizo fue condenada a 4 años de prisión efectiva, modalidad de prisión domiciliaria.
Micaela del Valle Alderete fue condenada a 3 años de prisión condicional. 
En tanto, Daniel Nicolás Valeriano resultó absuelto del delito de comercialización de estupefacientes por aplicación del beneficio de la duda. Se ordenó su inmediata libertad.
También por el principio de la duda Nicolás Ezequiel Martínez Fleitas fue absuelto del delito de comercialización de estupefacientes. Se ordenó su libertad.
En su fallo, los jueces rechazaron un planteo de inconstitucionalidad referido al mínimo de las penas. Además, declararon abstracto un planteo de inconstitucionalidad de la prisión domiciliaria.
 

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